Isaac Abravanel y León Hebreo -padre e hijo-,
supuestos ascendientes de:
Leonid y Boris Pasternak -padre e hijo-, retratos de Leonid.
Excepto la carta de Leonid Pasternak acerca de su “pedigrí español”, ignoramos si hay documentación que lo demuestre sin dudas, aunque tampoco parece imposible, al igual que se cree, con un alto porcentaje de certeza, que los Abravanel procedían de la época de la destrucción del Primer Templo, y que llevaban catorce siglos en la Península Ibérica, en el momento de la expulsión. Quizá fuera una tradición familiar firme, con o sin base documental.
De Abravanel y Hebreo, se sabe que después de 1492, tras residir en varios reinos, ducados, etc., se asentaron en Corfú; cómo y cuándo llegarían sus descendientes al Imperio ruso -si fue así-, es otro misterio, difícil de elucidar, ciertamente, pero, en absoluto, imposible. En todo caso, los Pasternak, el pintor y el escritor, aun teniendo presente su ascendencia, no eran ya creyentes practicantes, pero, pudieron mantener vivo el concepto de su origen y la línea de sus antepasados.
La memoria persiste con fuerza a través del sufrimiento y la amenaza continua. Hoy sabemos del gran número de sefardíes que recuperaron la nacionalidad española, una vez abolido el Edicto de Expulsión, hace muy pocos años, y todos ellos presentaron documentación suficiente para acreditarse como tales.
En el terreno histórico, literario y artístico, podemos pensar en figuras como Santa Teresa, Cristóbal Colón, Velázquez, Fray Luis de León, e incluso, ¿por qué no?, en El Greco.
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ISAAC DE ABRAVANEL
Hijo de Judá Abravanel, Isaac nació en Lisboa en el año 1437, dentro de una familia acaudalada y muy próxima al poder real, pues habían prestado importantes servicios a Fernando III –el Santo- y Alfonso X, su hijo. Los Abravanel aseguraban proceder del linaje davídico, siendo, a la vez, una de las familias judías más antiguas en Hispania, donde se supone que se asentaron, como hemos dicho, desde las guerras judías del siglo I a.C. después de la destrucción del Primer Templo de Jerusalén en el año 70.
Una parte de esta familia, aquella a la que pertenecía Isaac Abravanel, residía en Portugal, no muchos unos años antes de que él naciera. Su abuelo, Samuel, que había tenido que fingir la conversión al cristianismo para permanecer en España, también terminó viviendo en Portugal, donde, en principio, se sintió libre para volver a su religión.
Isaac recibió allí formación de los mejores maestros, como José Ḥayyim, rabí de Lisboa, con el que además de formarse en lengua, cultura y religión hebreas, aprendió latín, castellano, portugués, italiano, escolástica medieval y filosofía grecorromana, todo lo cual le permitió escribir, con solo veinte años, su obra: “Las formas de los elementos”.
En la década de 1470 entró al servicio de Alfonso V de Portugal, hasta que este se retiró a un monasterio en 1477, asumiendo el poder su hijo, el que sería Juan II, a pesar del desagrado y el temor de buena parte de la nobleza, y, sobre todo, del duque de Braganza. Este último intercambiaba cartas con Isabel I de Castilla, que, en 1483, fueron interceptadas por los espías de Juan II, que ordenó la expropiación de las tierras de la Casa de Braganza y la ejecución del duque, en Évora. Abravanel fue acusado de conspirar en favor de la casa de Braganza, con la reina castellana, Isabel I, y, a pesar de que en la introducción a su libro “Comentario a Josué” negó la acusación, se vio obligado a abandonar Portugal temiendo por su vida. Todos sus bienes fueron confiscados.
Isaac llegaba así a Castilla, donde entró al servicio de los Reyes Católicos, colaborando, incluso en la financiación de la guerra de Granada, al igual que otros conocidos judíos, como la familia Seneor/Senior. Justo por entonces, inició la redacción de una extensa obra literaria en hebreo, basada, sobre todo, en el estudio de la Biblia.
Las Capitulaciones para la entrega de Granada, se firmaron y ratificaron el 25 de noviembre de 1491. El 2 de enero de 1492 los Reyes Católicos expulsaban al último rey musulmán -Boabdil-, y el 31 de marzo de 1492 se emitió el Decreto de Expulsión de los judíos de los reinos hispánicos.
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Expulsión de los judíos de España. Emilio Sala Francés. 1889. Óleo sobre lienzo,
313 x 281 cm. MNP
De acuerdo con un episodio de base histórica incierta, la pintura reflejaría el momento en que, cuando se va a publicar el decreto de expulsión, Abravanel -primer plano, de espaldas-, intentaría su revocación mediante el pago de 30.000 ducados, oferta que el rey escucha atentamente. Entonces se produciría el famoso episodio, no más fiable históricamente, según el cual, Fray Tomás de Torquemada, muestra un crucifijo que arroja después sobre la mesa, reprochando a los reyes: por 30 monedas le vendieron, y ahora pretendéis volver a venderle por 30.000
“Pintado en 1889 por Emilio Sala en su estudio de la calle de Rochechouart de París, ciudad a la que había marchado como pensionado tras permanecer varios años en Roma, este singular lienzo fue presentado por el artista a la Exposición Universal celebrada ese año en la capital francesa, donde el género histórico resultaba ya trasnochado, sin que por otra parte la crítica parisina llegase a comprender el significado profundo de su argumento.
El título de la obra alude al momento decisivo en que se produce en el ánimo de los Reyes Católicos la toma de la trascendental decisión, plasmada en el Edicto de Expulsión publicado el 31 de marzo de 1492, por el cual los judíos residentes en España debían abandonar la península en el plazo de tres meses bajo pena de muerte, salvo los bautizados al cristianismo que renunciaran de hecho a su antigua fe. Concretamente, la escena ilustra el momento de máxima tensión, en que el inquisidor interrumpe violentamente la audiencia concedida por los Reyes Católicos al interlocutor judío y arroja el crucifijo sobre la mesa situada en medio de la sala.
El rey Fernando escucha la arrebatada intervención del dominico, mientras la reina permanece impasible, con la mirada baja.
El judío retrocede ante tan desaforada alocución y los miembros de la corte asistentes a la audiencia se debaten entre la curiosidad, la indiferencia y la sorpresa. Por su parte, el escribiente asiste atento a los acontecimientos.
Esta obra tiene una especial significación en la evolución de la pintura española de historia por cuanto constituye uno de los ejemplos más tardíos del género inspirado en el reinado de los Reyes Católicos. La elección de su asunto es sin embargo radicalmente opuesta a la euforia triunfalista de los años anteriores, testimonio al fin de los cambios ideológicos y políticos de la España de fin de siglo, en los que la conciencia social y crítica llegó también a afectar a las escenas históricas, que se ocuparon de denunciar los acontecimientos más oscuros y controvertidos de las épocas consideradas hasta entonces como las más gloriosas del pasado español.
En este caso, tan polémico episodio está interpretado por Sala con la extraordinaria jugosidad de su pincel mediterráneo, lleno de frescura y energía, impregnado además de la riqueza decorativa y elegante de la pintura burguesa parisina. En efecto, el lienzo constituye una espléndida página de la pintura histórica en su epílogo, tanto por las novedades formales que presenta como por la modernidad plástica de su factura, que anticipa ya -aplicado a este género- el naturalismo valenciano de fin de siglo.
Obra maestra de la breve producción histórica de Emilio Sala, causó un gran impacto en su tiempo por la modernidad que suponía, ya casi en los albores de una nueva centuria, su interpretación plástica respecto a la pintura de historia del resto del siglo.
Torquemada, abalanzándose sobre el sitial real y atreviéndose a dar la espalda a los reyes, en un desafío consciente de la debida etiqueta protocolaria para demostrar su superioridad sobre la conciencia y autoridad de los monarcas, y la situación extremadamente frontal de los Reyes Católicos, enmarcados en la rigidez geométrica del dosel a modo de meras efigies emblemáticas insensibles ante la palpable injusticia, flanqueados por los grupos de caballeros y damas de su Corte -de una afectación muy francesa en sus expresiones-, constituyen rasgos de una atractiva novedad estética y conceptual, fruto en buena medida de la formación parisina del artista, a los que no habían osado hasta entonces el resto de los pintores españoles de historia.” (Texto extractado de Díez, J. L.: El Siglo XIX en el Prado, Museo Nacional del Prado, 2007, pp. 272-275).
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Decreto de expulsión de los judíos de Castilla (1492)
El Edicto conservado en Ávila
Transcripción
Don Fernando y doña Isabel, por la gracia de Dios, Reyes de Castilla, León, Aragón...
Al príncipe don Juan, nuestro muy caro y muy amado hijo y a los infantes... e a todos los judíos y personas singulares de ellos así varones como mujeres de cualquier edad que sean... salud y gracia.
Bien sabéis o debéis saber que porque fuimos informados que en nuestros reinos había algunos malos cristianos que judaizaban y apostataban de nuestra santa fe católica, de lo cual era mucha causa la comunicación de los judíos con los cristianos; en las cortes que hicimos en la ciudad de Toledo el año pasado de mil cuatrocientos ochenta años, mandamos apartar a los dichos judíos en todas las ciudades, villas y lugares de nuestros reinos y señoríos y darles juderías y lugares apartados donde viviesen, esperando que con su apartamiento se remediaría, y además hemos procurado y dado orden cómo se hiciese inquisición en los dichos nuestros reinos y señoríos, la cual, como sabéis, hace más de doce años que se ha hecho y hace, y por ella se han hallado muchos culpables según es notorio y según hemos sido informados por los inquisidores y por otras muchas personas religiosas, eclesiásticas y seglares, consta y aparece el gran daño que a los cristianos se ha seguido y sigue de la participación, conversación, comunicación que han tenido y tienen con los judíos, de los cuales se prueba que procuran siempre por cuantas vías y maneras pueden, subvertir y sustraer de nuestra santa fe católica a los fieles cristianos y apartarlos de ella y atraer y pervertir a su dañada creencia y opinión instruyéndolos en las ceremonias y observancias de su ley, haciendo ayuntamientos donde les leen y enseñan lo que han de creer y guardar según su ley, procurando circuncidar a ellos y a sus hijos, dándoles libros con los que recen sus oraciones y declarándoles los ayunos que han de ayunar y juntándose con ellos a leer y enseñarles las historias de su ley notificándoles de lo que en ellas han de guardar y hacer, dándoles y llevándoles de su casa el pan sin levadura y carnes muertas con ceremonias, instruyéndoles de las cosas de que se han de apartar, así en el comer como en las otras cosas por observancia de su ley, e persuadiéndolos en cuanto pueden a que tengan y guarden la ley de Moisés y haciéndoles entender que no hay otra ley ni verdad, salvo aquella, lo cual consta por muchos dichos y confesiones, así de los mismos judíos como de los que fueron pervertidos y engañados por ellos, lo cual ha redundado en gran daño y detrimento y oprobio de nuestra santa fe católica. Y como quiera que de mucha parte de esto fuimos informados antes de ahora por muchos y conocemos que el remedio verdadero de todos estos daños e inconvenientes, estaba en apartar del todo la comunicación de los dichos judíos con los cristianos y echarlos de todos nuestros reinos, nos quisimos contentar con mandarlos salir de todas las ciudades, villas y lugares de Andalucía, donde parecía que habían hecho mayor daño, creyendo que ello bastaría para que de las otras ciudades y villas y lugares de nuestros reinos y señoríos dejasen de hacer y cometer lo susodicho; y porque somos informados que ni aquello ni las justicias que se han hecho en algunos de los dichos judíos que se han hallado muy culpables en los dichos crímenes y delitos contra nuestra santa fe católica, no basta para entero remedio para obviar y remediar cómo cese tan gran oprobio y ofensa de la fe y religión cristiana porque cada día se halla y aparece que los dichos judíos crecen en continuar su malo y dañado propósito, que donde viven, conversan, y porque no haya lugar de más ofender a nuestra santa fe, así en los que hasta aquí Dios ha querido guardar como en los que cayeron, se enmendaron y redujeron a la santa madre iglesia, lo cual según la flaqueza de nuestra humanidad y astucia y sugestión diabólica que de continuo nos guerrea, fácilmente podría acaecer si la causa principal de esto no se quita, que es echar los dichos judíos de nuestros reinos, porque cuando algún grave y detestable crimen es cometido por algunos de algún colegio y universidad, es razón que tal colegio y universidad sean disueltos y aniquilados y los menores por los mayores y los unos por los otros castigados. Y que aquellos que pervierten el bien y honesto vivir de las ciudades y villas y por contagio pueden dañar a los otros, sean expelidos de los pueblos y aún por otras más leves causas que sean en daño de la república, cuanto más por el mayor de los crímenes y más peligroso y contagioso como lo es este. Por tanto, nos, con el consejo y parecer de algunos prelados y grandes y caballeros de nuestros reinos y de otras personas de ciencia y conciencia de nuestro consejo, habiendo tenido sobre ello mucha deliberación, acordamos de mandar salir todos los dichos judíos y judías de nuestros reinos y que jamás retornen o vuelvan a ellos ni a algunos de ellos.
Y sobre ello mandamos dar esta nuestra carta por la cual mandamos a todos los judíos y judías de cualquier edad que sean que viven y moran y están en los dichos nuestros reinos y señoríos, así los naturales de ellos como los no naturales que de cualquier manera y por cualquier causa haya venido y están en ellos, que hasta el fin del mes de julio primero que viene de este presente año, salgan de todos los dichos nuestros reinos y señoríos con sus hijos e hijas y criados y criadas y familiares judíos, tanto mayores como pequeños de cualquier edad que sean y no se atrevan a volver a ellos ni estar en ellos ni en parte algunas de ellos, de vivienda ni de paso ni en otra manera alguna bajo pena que si no lo hiciesen y cumpliesen así, y fueran hallados estando en los dichos nuestros reinos y señoríos o venir a ellos de cualquier manera incurren en pena de muerte y confiscación de todos sus bienes para nuestra cámara y fisco, en las cuales penas incurran por ese mismo hecho y derecho sin otro proceso, sentencia ni declaración. Y mandamos y prohibimos que ningunas ni algunas personas de los dichos nuestros reinos de cualquier estado, condición, dignidad, que sean, no se atrevan a recibir, receptar ni acoger ni defender ni tener pública ni secretamente judío ni judía, pasado el dicho término de fin de julio en adelante, para siempre jamás en sus tierras ni en sus casas ni en otra parte alguna de los dichos nuestros reinos y señoríos, so pena de perdimiento de todos sus bienes, vasallos y fortalezas y otros heredamientos. Y además, de perder cualesquiera mercedes que de nosotros tengan, para nuestra cámara y fisco. Y porque los dichos judíos y judías puedan durante el dicho tiempo hasta el final del dicho mes de julio mejor disponer de sí y de sus bienes y hacienda, por la presente, los tomamos y recibimos bajo nuestro seguro y amparo y defendimiento real, y los aseguramos a ellos o a sus bienes para que durante dicho tiempo hasta el dicho día fin del dicho mes de julio, puedan andar y estar seguros y puedan entrar y vender y trocar y enajenar todos sus bienes muebles y raíces y disponer de ellos libremente a su voluntad y que durante el dicho tiempo no les se ahecho mal ni daño ni desaguisado alguno en sus personas, ni en sus bienes contra justicia, bajo las penas en que caen e incurren los que quebranten nuestro seguro real. Y asimismo damos licencia y facultad a los dichos judíos y judías que puedan sacar fuera de todos los dichos nuestros reinos y señoríos, sus bienes y hacienda por mar y tierra, en tanto que no saquen oro ni plata ni moneda acuñada ni las otras cosas vedadas, por las leyes de nuestros reinos salvo en mercaderías, y que no sean cosas vedadas, o en cambios. Y además, mandamos a todos los concejos, justicias, regidores, caballeros, escuderos, oficiales y hombres buenos de la dicha ciudad de Ávila o de las otras ciudades y villas y lugares de los nuestros reinos y señoríos y a todos nuestros vasallos, súbditos naturales que guarden y cumplan y hagan guardar y cumplir esta nuestra carta y todo lo en ella contenido, y den y hagan dar todo el favor y ayuda que para ello fuere menester, so pena de nuestra merced y de confiscación de todos sus bienes y oficios para la nuestra cámara y fisco.
Y porque esto pueda venir a noticia de todos y ninguno pueda pretender ignorancia, mandamos que esta nuestra carta sea pregonada por las plazas y lugares acostumbrados de esa dicha ciudad y de las principales ciudades y villas y lugares de su obispado, por pregón y ante escribano público. Y los unos ni los otros no hagáis ni hagan otra cosa de ninguna manera, so pena de nuestra merced y privación de los oficios y confiscación de los bienes, a cada uno de los que lo contrario hicieren. Y demás mandamos al hombre que esta carta les mostrare, que los emplace que se presentan ante nos en nuestra corte, dondequiera que estemos, desde el día que los emplacen, hasta quince días primeros siguientes bajo la dicha pena bajo la cual mandamos a cualquier escribano público que para esto fuese llamado, que dé desde que se la muestre, testimonio firmado con su firma para que sepamos cómo se cumple nuestro mandado. Dada en la nuestra ciudad de Granada, a XXXI días del mes de marzo año del nacimiento de nuestro Señor Jesucristo de mil y cuatrocientos y noventa y dos años.
Yo, el Rey, -Yo la Reina, -Yo Juan de la Coloma secretario del rey y de la reina nuestros señores la hice escribir por su Mandado. - Registrada, Álava. - Almazán, canciller.
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Fernando de Aragón, firmó un decreto similar, con la misma fecha y algunas pequeñas variantes, para el reino de Aragón y sus posesiones en Italia.
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Los Abravanel, a diferencia de otros importantes judíos como los Senior/Seneor, prefirieron emigrar, y así, pasaron por Italia, Turquía, África, e incluso a América, si bien, parece que no lo hicieron en condiciones del todo penosas, pues se les permitió llevar consigo algunos fondos. (Algunos historiadores admiten que la reina les permitió sacar mil escudos).
Isaac Abravanel embarcó con sus tres hijos: Judá -al que conocemos como León Hebreo-, José y Samuel, hacia Nápoles, donde el Rey Ferrante le nombró Tesorero, siendo confirmado en el cargo por el sucesor de este, Alfonso II, hasta que la invasión francesa del reino –por parte de Carlos VIII-, obligó a la familia a emigrar de nuevo, en esta ocasión, para asentarse, primero, en Sicilia y, finalmente, en Corfú.
Abravanel había logrado llevar consigo una magnífica Enciclopedia, que fue destruida por los soldados franceses.
Ferrante de Nápoles. Alfonso II de Nápoles. Carlos VIII
En 1503, Isaac Abravanel pasó a residir en una floreciente Venecia, en cuya vida comercial se integró de inmediato. Venecia era una ciudad cosmopolita, que ya había acogido a varias comunidades inmigrantes; griegos, armenios, albaneses, hebreos y otros, que contribuyeron a su transformación y enriquecimiento, tanto en el aspecto arquitectónico como en el cultural y artístico; recordemos al respecto, grandes nombres como los de Tiziano, Lotto o Veronese.
Tiziano, Autorretrato (fragmento). Museo del Prado
Lotto. Autorretrato (probable). Thyssen-Bornemisza. Madrid
Veronese. Autorretrato. Hermitage
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Además de su trabajo en el mundo de las finanzas, Isaac Abravanel creó una importante obra filosófica y de exégesis bíblica.
Entre sus trabajos destacan el “Rosh Amanah” - “Pináculo de la fe”-, basado en el Cantar de los Cantares, una obra, al parecer, muy condicionada por la del célebre cordobés Maimónides, también sefardí, al que, Abravanel parecía admirar y rechazar a la vez. Tiene, asimismo, entre muchas otras obras, tres fundamentales: “Fuentes de salvación”; “La salvación del Ungido”, y “Proclamar la salvación”.
Abravanel murió en Venecia, pero recibió sepultura en Padua, en un cementerio que también fue destruido por los franceses.
Su hijo Judá Abravanel, al que conocemos como León Hebreo; además de un notable médico –tenía encomendado el cuidado personal del Gran Capitán-, fue autor de una gran obra literaria de carácter platónico.
Fuente: eSefarad.com
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Considerando retrospectivamente el desastre que se abatió sobre los judíos en 1492, cabe preguntarse cómo una personalidad del calibre de Don Isaac pudo haberse dedicado con ahínco a organizar las finanzas del reino, pertrechar a las fuerzas combatientes y proveer condiciones económicas básicas para la población civil durante esos ocho años en que desempeñó sus funciones, sin prever lo que podía acontecerle a la población judía. Lo cierto es que nadie esperaba que después de colaborar tan eficazmente con el reino para alcanzar la victoria definitiva que significó la conquista de Granada los judíos recibirían semejante paga. ¿Cuál fue la razón?
En primer lugar, cabe recordar que el establecimiento de la Inquisición en España fue autorizado por el Papa Sixtus IV. Se creó en Sevilla en 1480 y rápidamente se expandió a toda España. Durante los ocho años de gestión de gobierno de Don Isaac bajo los Reyes Católicos, la persecución de la Inquisición no se limitó únicamente a “judaizantes” sino también a “nuevos cristianos” sinceros que poseían fortuna o posiciones destacadas en la Real Administración.
Santos Mayo. eSefarad
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LEÓN HEBREO, EL LEGADO LITERARIO
León Hebreo, también conocido por su nombre originario de Judá Abravanel (Lisboa, 1460 - 1530, Nápoles), filósofo y poeta portugués.
Portada de la ed. veneciana (1541) de los Dialoghi d'amore,
De “Leone Médico”, falsamente subtitulado,” de nación hebreo y después, hecho cristiano”.
Estudió teología y medicina. Al ascender al trono portugués, Juan II, su padre, Isaac Abravanel, como sabemos, tesorero y colaborador del monarca fallecido, Alfonso V, cayó en desgracia y en 1483 tuvo que huir, refugiándose en Castilla con ayuda de Abraham Senior, que lo asoció a su trabajo en la Hacienda real. Al año siguiente, León y el resto de la familia se reunieron con él en Sevilla. Fue entonces cuando asumió el nombre de "León" y se dedicó al ejercicio de la Medicina.
En 1492, a causa del Edicto de Granada, o de Expulsión, decidió marchar a Italia, donde residió sucesivamente en Génova y en Nápoles.
En 1502 ya había escrito sus tres famosos Diálogos de amor en italiano -Dialoghi d'amore-, que se imprimieron póstumamente, en 1535 en Roma. En ellos se evidencia su pensamiento platónico, filtrado por la lectura de Maimónides, Juhanam Alemanno, Giovanni Pontano, Mario Equícola o fray Gil de Viterbo, aunque su modelo más evidente es, sin embargo, Marsilio Ficino y su Dialogo sopra l'amore, que León Hebreo perfeccionó, constituyéndose a su vez en un modelo seguido por todos los autores platónicos españoles del siglo XVI.
Hay huellas clarísimas de los Diálogos de Hebreo en las obras de:
Baltasar de Castiglione, Pietro Bembo,
Juan Boscán, Garcilaso de la Vega, (retratos dudosos)
Fernando de Herrera, Luís de Camões/Camoens.
Pedro Malón de Chaide, Michel E. de Montaigne,
Sin olvidar a Maximiliano Calvi: Tractado de la hermosura y del amor, o al gramático Pedro Simón Abril y, mucho menos, a Miguel de Cervantes, quien escribió en su Don Quijote:
"Si tratáredes de amores, con dos onzas que sepáis de lengua toscana
toparéis con León Hebreo, que os hincha las medidas".
Prólogo de El Ingenioso Hidalgo.
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Del mismo modo se advierte la influencia de la obra de Hebreo en los trabajos literarios de otros autores de muy diverso carácter:
En la Poética de Miguel Ángel Buonarroti;
en el pensamiento de Giordano Bruno,
y en el de Baruch Spinoza.
Pintura de Samuel Hirszenberg, de 1907, que refleja el rechazo a Spinoza por parte de los judíos en Ámsterdam.
Baruch Spinoza, Ámsterdam, 24.11.1632 - La Haya, 21.2.1677, fue un filósofo neerlandés de origen sefardí hispano-portugués. Heredero crítico del cartesianismo, es considerado como uno de los tres grandes filósofos racionalistas del siglo XVII, junto con Descartes y Leibniz. Crítico racionalista de la ortodoxia religiosa, hoy es considerado como el “padre del pensamiento moderno”. Fue igualmente rechazado por el lado católico e incluido en el Index librorum prohibitorum.
En el terreno poético creó una obra importante, reflejo, y tal vez, refugio, de una profunda tristeza: Queja contra el Destino. Publicada en Nápoles, en 1503, está escrita en forma de epístola y contiene 132 versos referidos a su hijo, retenido y bautizado contra la voluntad del escritor, por deseo del rey portugués Juan II. Refleja, como hemos apuntado, la profunda amargura causada por la pérdida de aquel hijo, al que, seguramente, Spinoza nunca volvió a ver. Su segunda obra poética, de carácter más solemne, es la Endecha a la muerte de su padre.
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León Hebreo, D'Amour, ed. de 1595, en Lyon. “Filo y Sofía, De La Esencia Del Amor”
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