miércoles, 31 de octubre de 2012

PROCESO A JUANA I DE CASTILLA. Segunda Parte



DEFENSA: Llamamos a declarar al rey don Carlos I. [Carlos I va al estrado].

Carlos I (Tiziano)

JUEZ: Majestad ¿Juráis decir la verdad?
CARLOS: Lo juro.
JUEZ: Recuerde Su Majestad, que este juramento será válido durante todo el juicio. Podéis tomar asiento si así lo deseáis [A la Defensa] Proceda.
DEFENSA: Decid vuestro nombre completo, filiación y cargo.
CARLOS: Carlos de Habsburgo. Hijo del Archiduque don Felipe de Austria y de la reina doña Juana I de Castilla. Fui rey de España y emperador de Alemania.
DEFENSA: Don Carlos: ¿Durante los años que vuestra madre estuvo ausente de Flandes, recordabais su imagen?
CARLOS: La recordaba muy bien.
DEFENSA: Cuando la visitasteis con vuestra hermana Leonor en Tordesillas por primera vez tras la muerte de don Felipe, ¿pudisteis reconocerla?
CARLOS: Desgraciadamente, no. La mujer que encontré en Tordesillas, no tenía nada que ver con la madre que yo recordaba.
DEFENSA: ¿Podríais explicar por qué?
CARLOS: Estaba muy envejecida para su edad. Vestía ropas negras muy gastadas y llevaba el pelo cubierto como una anciana.
DEFENSA: ¿Tenía aspecto de abandono?
CARLOS: Sí, lo mismo que mi hermana menor, doña Catalina, a quien conocí entonces.
DEFENSA: ¿Qué sensación os causó aquel encuentro?
CARLOS: Fue muy deprimente. No fui capaz de decir más que las frases que llevaba aprendidas.
DEFENSA: ¿Qué os dijo ella?
CARLOS: Dijo que habíamos crecido mucho y nos aconsejó que fuéramos a descansar. DEFENSA: ¿Diríais que vuestra madre parecía la reina que era?
CARLOS: No. Más bien parecía una mendiga.
DEFENSA: ¿Parecía o se comportaba como loca?
ACUSACIÓN: ¡Potesto! La defensa está pidiendo una opinión.
JUEZ: Se acepta. [A la defensa] Continúe.
DEFENSA: ¿Es cierto que a causa de la terrible impresión que os produjeron las condiciones de vida de madre e hija, de acuerdo con vuestra hermana mayor, decidisteis sacar de allí a doña Catalina a espaldas de vuestra madre?
CARLOS: Ciertamente. Nos pareció terrible la idea de que jamás hubiera salido de aquellos muros.
DEFENSA: Señoría, seguiremos interrogando al testigo después de oír a la acusación.
JUEZ: Puede actuar la Acusación. [Se retira la Defensa y se adelanta la Acusación]
ACUSACIÓN: ¿Hasta ese extremo os preocuparon las deplorables condiciones en que vivía la pobre niña?
CARLOS: Efectivamente.
ACUSACIÓN: Decid, Majestad ¿no os preocupó en cambio que vuestra madre estuviera pasando por el mismo calvario?
CARLOS: [Dudando] No... no podía hacer nada respecto a ella.
ACUSACIÓN: ¿Por qué?
CARLOS: [Entre nervioso y furioso] Porque no podía, eso es todo.
ACUSACIÓN: [Al Jurado] Señoras y Señores: no podía, eso es todo. Al todopoderoso rey de España, le dolía el encierro de su hermana, pero incomprensiblemente, ignoraba el de su madre. [A Carlos] Señor, ¿Le hablasteis a doña Catalina de vuestro proyecto?
CARLOS: Desde luego.
ACUSACIÓN: Y ¿qué dijo ella?
CARLOS: Que deseaba mucho abandonar el castillo, pero que no quería hacer sufrir más a nuestra madre. Desde que doña Juana fue trasladada allí, ella había sido su única compañía.
ACUSACIÓN: Doña Catalina amaba mucho a su madre.
CARLOS: Sí.
ACUSACIÓN: Luego la decisión de separarlas, no fue porque creyerais que la niña  estaba siendo objeto de malos tratos o actitudes irracionales por parte de la madre. A pesar de eso, hicisteis que la sacaran de allí en secreto, por la noche y a través de un boquete en el muro.
CARLOS: En efecto.
ACUSACIÓN: ¿Qué ocurrió entonces?
CARLOS: Al parecer, cuando mi madre descubrió su ausencia, estuvo a punto de volverse loc....perdón. Dijeron que pasó varios días llorando y gritando el nombre de mi hermana.
ACUSACIÓN. Y ¿no os conmovió su pena?
CARLOS:  A mi hermana, sí. Quería mucho a su madre... a nuestra madre. Nos había hecho prometer que si doña Juana sufría, la dejaríamos volver a su lado. Y así se hizo.
ACUSACIÓN: ¿Cómo definiríais el estado de vuestra madre: parecía una reina o una prisionera?
CARLOS: [Dudando] No sabría decirlo. Era casi un niño y aquello me impresionó mucho.
ACUSACIÓN: El Jurado habrá tomado nota de que las condiciones de vida a que estaban sometidas la reina y la infanta, eran inhumanas y que don Carlos pudo comprobarlo personalmente, de lo cual quedó muy impresionado, pero no creyó conveniente mejorarlas para su madre. Bien al contrario, con su acción no consiguió sino agravar la situación de la reina, arrebatándole la niña a traición, secuestrándola, en una palabra.
Pero, prosigamos. Majestad: Antes de viajar a España, habíais sido convenientemente informado de lo que ibais a encontrar aquí. Sabías que doña Juana era la reina, pero que no le permitían gobernar.
CARLOS: Me habían dicho que no podía gobernar, no que no se le permitiera hacerlo.
ACUSACIÓN: A pesar de que os gustaba más montar a caballo que estudiar, habías recibido una excelente formación y en realidad ya no erais un niño. Decid pues ¿Nunca os preguntasteis por las causas que originaron su encierro?
CARLOS: Sabía que lo había ordenado mi abuelo don Fernando, porque no estaba capacitada para reinar.
ACUSACIÓN: ¿Advertisteis en ella los rasgos de esa incapacidad, entonces o después? ¿Era agresiva vuestra madre?
CARLOS: No. Pero me dijeron que a menudo se negaba a comer o a asearse y que a veces se empeñaba en dormir en el suelo.
ACUSACIÓN: ¿Os dijeron que cuando se negaba a comer, era para lograr que sus guardianes le permitieran moverse libremente por el castillo o pasear por los corredores que daban al río?
CARLOS: Su enfermedad era aceptada por todo el mundo. No indagué sobre ello.
ACUSACIÓN:¿Queréis decir que creísteis sin más que estaba loca -a pesar del testimonio en contrario de doña Catalina -, y que por eso merecía estar incomunicada?
CARLOS: [Empezando a moverse incómodo]. Lo que ella mereciera o no, no fue decisión mía.
ACUSACIÓN: [Al Jurado con ironía] Como acaban de oír ustedes y seguirán oyendo a lo largo de este juicio, nunca nadie decidía nada con respecto a doña Juana. [Se dirige de nuevo a don Carlos]: Pero sí decidisteis ocupar su trono, sin más. ¿No es cierto que os convenía creer lo que quisieran deciros y aceptar los hechos consumados, porque de lo contrario tendrías que asumir que ella, y solo ella, era la reina de Castilla?
CARLOS: Las cosas eran así; yo no tenía razones para contrariar las decisiones de mi abuelo y sus consejeros.
ACUSACIÓN: ¿Aunque se tratara de vuestra propia madre? Decid, Majestad y recordad que estáis bajo juramento: ¿De verdad, de verdad, nunca os preguntasteis por las verdaderas razones de su encierro?
CARLOS: [Cada vez más inquieto] No.
ACUSACIÓN: Tendremos que creerlo. Es de suponer que jamás se os pasó por la imaginación preguntárselo a ella, pero ¿nunca os informaron de las declaraciones que hizo a los Capitanes de las Comunidades de Castilla?
CARLOS: Ciertamente, nunca me han merecido respeto alguno las opiniones de aquellos rebeldes que no pretendían sino utilizar a mi madre para sus fines subversivos.
ACUSACIÓN: No esperaba menos de vos. Sin embargo, vuestra madre los recibió y llegó a hacer algunos proyectos con ellos.
CARLOS: [Levantando la voz] Señor abogado. Cuando el Capitán Padilla y sus Comuneros entraron en el castillo, mi madre no tenía la menor idea de quienes eran ni de lo que representaban; recordad que llevaba ya varios años incomunicada. Era fácil hacerse pasar por sus liberadores.
ACUSACIÓN: Luego entonces, sí erais consciente de su aislamiento...Pero decid, ¿tampoco creéis en la buena fe de los habitantes de Tordesillas, que acusaron al marqués de Denia, su cuidador, de malos tratos y exigieron que fuera expulsado de la ciudad?
CARLOS: No se trata de que creyera o no en ellos; es que actuaban al calor de la rebelión y hallaron en ella la posibilidad de librarse de su gobernador.
ACUSACIÓN: Observo que a pesar de vuestra juventud, tenías ideas muy precisas sobre los Comuneros. Sin embargo, insistís en que nunca las tuvisteis acerca de vuestra madre.
DEFENSA: Señoría, he de protestar de nuevo. El abogado está juzgando la actitud de don Carlos.
JUEZ: Se acepta la protesta. [Hacia el público] El Jurado debe ignorar lo que acaba de oír. [A la Acusación] : Abogado ¿Ha terminado?
ACUSACIÓN: No, Señoría, quisiera hacer una pregunta más.
JUEZ: Adelante.
ACUSACIÓN: Don Carlos, ¿en qué año murió vuestra madre?
CARLOS: Como todo el mundo sabe, murió en 1555.
ACUSACIÓN: ¿Y vos?
CARLOS: [Poniendo cara de perplejidad] ¿Yo? No se qué tiene que ver...
ACUSACIÓN: Tiene mucho que ver, señor; si no queréis decirlo, consta en los documentos.
CARLOS: Está bien, en 1558.
ACUSACIÓN: Señoría, Señores del Jurado, don Carlos sobrevivió a su madre ¡sólo tres años! Lo que significa, que convivió con el hecho de su reclusión, ¡casi toda su vida! Quiero destacar esto y quiero destacar también que, de acuerdo con su declaración,  mantuvo encerrada a una mujer que además de ser su madre, era la reina legítima, sin preguntarse nunca por qué lo hacía. No haré más preguntas. [Se retira]
JUEZ: El testigo puede retirarse.

[Se levanta el Defensa]
DEFENSA: Señoría, llamamos a declarar a don Felipe II de Austria.




Felipe II (Sofonisba Anguissola)

JUEZ: Su Majestad el rey don Felipe II,  le ruego que se acerque al estrado.
[Felipe se acerca y se sienta] ¿Juráis decir la verdad?
FELIPE: Lo juro.
JUEZ: Recuerde S.M., que este juramento será válido durante todo el juicio. [A la Defensa] Proceda Su Señoría.
DEFENSA: Decid vuestro nombre completo, filiación y cargo.
FELIPE: Felipe II de España. Hijo de don Carlos I y de doña Isabel de Portugal. Fui Rey de España por abdicación de mi padre.
DEFENSA: ¿Sois nieto de doña Juana I de Castilla?
ISABEL: Sí. La Reina doña Juana era la madre de mi padre.
DEFENSA: ¿La conocisteis personalmente?
FELIPE: Sí, pero muy poco. Para mi siempre fue una persona extraña.
DEFENSA: ¿Tuvisteis ocasión de observar en ella algo que demostrara que padecía desórdenes mentales?
FELIPE: No, solo sabía lo que me habían contado. La verdad es que nunca hablé con ella.
DEFENSA: ¿Teníais conciencia de que era vuestra abuela?
FELIPE: Lo tenía en consideración, pero, como he dicho, nunca tuvimos trato familiar.
DEFENSA: ¿Sabíais por qué estaba recluida?
FELIPE: Sabía que mis antecesores tuvieron razones suficientes para tomar esa decisión.
DEFENSA: ¿Os ocupasteis de que fuera debidamente atendida durante los años que vivió bajo vuestra regencia?
FELIPE: Sí, al menos de acuerdo con mi conciencia.
DEFENSA: No haré más preguntas. [Se levanta la Acusación].
ACUSACIÓN: Veamos, Majestad: Doña Juana ya era una anciana cuando vuestro padre empezó a dejaros a cargo del reino ¿no es así?
FELIPE: Así es.
ACUSACIÓN: A diferencia de la vuestro padre, don Carlos, que se educó en Flandes, vos recibisteis una intensa y exhaustiva formación que podríamos llamar "española", es decir, que antes de subir al trono, conocíais a fondo la historia de los reinos que heredabais ¿Cierto?
FELIPE: Muy cierto. Fui un buen estudiante.
ACUSACIÓN: Luego sabíais bien la extraña fórmula por la cual, vuestro padre fue jurado rey conjuntamente con su madre, que era la reina efectiva.
FELIPE: Naturalmente. He visto docenas de documentos en los que figuraba esa fórmula.
ACUSACIÓN: Como debíais saber igualmente que doña Isabel, vuestra madre, por respeto a doña Juana, jamás aceptó ser llamada Reina de Castilla, razón por la cual, siempre fue titulada Emperatriz.
FELIPE: ¿Cómo no iba a saberlo? Creo que hacéis preguntas cuyas respuestas parecen  evidentes.
ACUSACIÓN: Decís bien, Majestad: "Parecen evidentes", pero creemos que no lo son. ¿Era normal para vos, que la reina legítima según los documentos, viviera recluida?
FELIPE: Heredé su reclusión como heredé otros problemas.
ACUSACIÓN: [Al Juez y al Jurado] Señoría, Señores del Jurado, les ruego que tomen nota de que S.M. don Felipe II de España, famoso por retrasar el despacho de los documentos oficiales, porque necesitaba leerlos todos personalmente de principio a fin, es uno más de los personajes relacionados con doña Juana, que nunca se preguntó nada sobre ella. Pero prosigamos: Don Felipe: Habéis dicho que, de acuerdo con vuestra conciencia, os ocupasteis de que doña Juana fuera debidamente atendida durante los años que vivió bajo vuestra regencia. ¿Estáis seguro de esta declaración?
FELIPE: Sin duda.
DEFENSA: ¿Sabíais que durante esos años, ella estaba muy enferma, que toda su piel era una herida abierta, que tenía una pierna gangrenada y que no permitía que se le hicieran las curas necesarias?
FELIPE: [Inquieto] Sí, lo sabía.
DEFENSA: ¿Estáis seguro entonces, de haber ordenado las medidas apropiadas para su cuidado, tal como aseguráis?
FELIPE: [Nervioso] Era muy anciana y nadie la entendía. Ordené que fuera debidamente atendida, pero ella no lo permitía.
DEFENSA: ¿Queréis decir que teniendo más de setenta años, edad muy superior a la normal, era capaz de imponer su voluntad a vos, a los médicos, a los cuidadores, a todo el mundo?
FELIPE: Dada su actitud, consideré que mi deber fundamental, era procurar la salvación de su alma.
DEFENSA: ¿Queréis explicar cómo, Señor, si ella no obedecía a nadie y había abandonado las prácticas religiosas desde hacía mucho tiempo?
FELIPE: Enviaba a clérigos de mi confianza y de probada reputación para que intentaran poner en paz su alma antes de morir.
DEFENSA: ¿Y cómo se supone que debían poner en paz su alma?
FELIPE: Por medio de la confesión.
DEFENSA: Y ¿lo conseguisteis?
FELIPE: Creo que no; preguntaba frecuentemente a sus confesores y siempre decían que no.
DEFENSA: Después de más de cuarenta años de encierro y soledad, cuando su cuerpo era una llaga, cuando sabíais que ya ni siquiera podía comer, [levanta la voz con tono acusador] todo lo que preguntabais era si había confesado?
FELIPE: [Furioso] ¡Tal vez vos sois un descreído, o un hereje, o algo peor, y por eso nunca podréis comprenderme: para mí era mucho más importante la salud de su alma, que la de su cuerpo!
DEFENSA: Os ruego que os tranquilicéis. Yo no soy el Jurado y mis creencias nada tienen que ver aquí. Responded a esto: [Levantando la voz progresivamente] ¿No será quizás que en el fondo lo que temíais era que confesara algo en concreto?
ACUSACIÓN: ¡Protesto, Señoría! [El Juez, que estaba tranquilo, se sobresalta] !la Defensa habla de intenciones!
JUEZ: Abogada: A los hechos.
ACUSACIÓN: [Con un gesto de resignación]. Lo que acabamos de oír, Señoría, es un hecho. Decid, don Felipe. ¿Dirías que el mejor medio de silenciar a una persona, es encerrarla de por vida?
FELIPE: No comprendo a donde queréis llegar. Yo no encerré a mi abuela, estaba recluida cuando nací.
DEFENSA: No me refiero ya a la persona de doña Juana, Señor. [Levanta la voz] Me refiero a la de vuestro propio hijo, el Príncipe don Carlos.


DEFENSA: [Se levanta de golpe] ¡Protesto, Señoría, no se está juzgando a don Felipe.
JUEZ: [A la Acusación] Abogado: ¿Qué razones motivan la mención del Príncipe Carlos en un caso que nada tiene que ver con él?
ACUSACIÓN: Señoría, tal como demostraremos, con la venia, existe una increíble relación entre lo ocurrido con el Príncipe y con la Reina doña Juana. Puesto que este juicio extratemporal, intenta juzgar más las conciencias que los hechos, debemos hablar del príncipe Carlos, para mejor ilustrar el carácter y los principios por los que se regía S.M. don Felipe.
JUEZ: Puede continuar, pero sepa que intervendré si observo que las preguntas no guardan estricta relación con nuestro caso.
ACUSACIÓN: Don Felipe, ¿es cierto que, de modo muy parecido a lo que se hizo con doña Juana, ordenasteis el encierro de vuestro hijo de por vida y que incluso mandasteis clavar maderas en las ventanas para que el Príncipe no pudiera comunicarse con el exterior y nadie pudiera ver lo que ocurría tras ellas?
FELIPE: Cierto.
ACUSACIÓN: ¿Y lo declaráis así, sin pestañear?
FELIPE: Hice lo que tenía que hacer de acuerdo con mi conciencia.
ACUSACIÓN: ¿Y vuestra conciencia estaba de acuerdo con la justicia?
FELIPE: En mis reinos, la justicia se regía por mis principios.
ACUSACIÓN: Desconocemos los motivos que os indujeron a tomar tan terrible decisión, porque os cuidasteis de destruir cualquier documento que pudiera llegar hasta nosotros  ¿Por qué? Tal vez esos documentos hubieran podido demostrar a la historia que actuabais de acuerdo con las normas generales de la justicia.
FELIPE: Actuaba de buena fe y no tenía obligación de dar explicaciones.
DEFENSA: Quizás no entonces, señor, pero ahora sí. Habéis jurado decir la verdad.
FELIPE: La única verdad es que tuve razones suficientes para hacerlo.
DEFENSA: Señor, hoy sabemos más de vos de lo que sabían vuestros propios súbditos y estamos en mejores condiciones que ellos para investigar vuestros actos, porque además gozamos de la ventaja de no estar sometidos a vuestra silenciosa justicia. Decid, ¿no es verdad que don Carlos pidió muchas veces hablar con vos y que le hicisteis saber que jamás lo haríais?
FELIPE: Cierto.
DEFENSA: [Va subiendo el tono de voz] ¿Y no es cierto también que cuando se convenció de que nunca sería escuchado, cuando vio las ventanas clavadas, cuando tuvo conciencia de que jamás permitiríais que saliera de allí con vida, perdida toda esperanza, inició lo que hoy llamarímos una huelga de hambre con objeto de acelerar su muerte?
FELIPE:  [Sonríe con ironía] De todas formas era un glotón y la huelga de hambre mejoró su salud.
ACUSACIÓN: Lo sabemos y no es esa la respuesta que esperábamos. También sabemos que a la vista de los resultados, decidió ponerse a comer hasta... -podríamos decir, hasta reventar-, tal como sucedió.
FELIPE: Lo había condenado, y no fue a la ligera; tuve motivos fundados para hacerlo. En beneficio del Estado no podía dejarme ablandar por la pena.
ACUSCIÓN: [Irónico también] Ya sabemos que nunca hacíais nada a la ligera; aunque algunos os llamaron Felipe II el Prudente, otros prefirieron apodaros, Felipe II el Lento.
DEFENSA: ¡Protesto!
JUEZ: Se acepta.
ACUSACIÓN: ¿Llegasteis a sentir pena alguna vez?
DEFENSA: ¡Protesto!
JUEZ: Se acepta.
ACUSACIÓN: Don Felipe, habéis dicho: "En beneficio del Estado", [Al Jurado] De nuevo: Razón de Estado, Razón de Dios. Señores: Si el rey estaba tan seguro, ¿por qué no sometió a Don Carlos a la acción de la Justicia legalmente establecida y aprobada por él mismo? Habréis advertido el paralelo en los procedimientos actuados contra doña Juana y contra el príncipe don Carlos. Las preguntas hechas a don Felipe intentaban sobre todo definir su conducta y demostrar que no puede ser un testigo válido en este caso. De acuerdo con su conciencia, la razón de estado, también lo justifica absolutamente todo. ¿Cómo iba a sentir compasión por su abuela, a quien prácticamente no conocía, si jamás la sintió por la prematura muerte de su hijo, que sucedió de manera paulatina, ante sus propios ojos? Para él todas las acciones de los reyes se justifican a sí mismas. Por lo tanto, es un hecho que nunca puso en tela de juicio la prisión de doña Juana. [Al Juez]. Señoría, no haremos más preguntas al testigo.


JUEZ: Don Felipe, puede retirarse.


ACUSACIÓN: Llamamos a declarar a la reina doña Juana I de Castilla.[Juana se acerca al estrado].
Juana I de Castilla
(Meister den Magdelenlegende)

JUEZ: Su Alteza doña Juana de Castilla, le ruego que se acerque al estrado. [Juana se acerca] ¿Juráis decir la verdad?
JUANA: Lo juro.
JUEZ: Recuerde S.M., que este juramento será válido durante todo el juicio. Podéis tomar asiento. [A la Defensa] Proceda la Acusación. [Se acerca la Acusación]
ACUSACIÓN: Decid vuestro nombre completo, filiación y cargo.
JUANA: Juana I de Castilla. Hija de doña Isabel de Castilla y don Fernando de Aragón. Fui Reina de Castilla a la muerte de mi madre y tras el fallecimiento de mis dos hermanos mayores.
DEFENSA: Señora. ¿O debo decir, Majestad?
JUANA: Los reyes de Castilla siempre fuimos Alteza e incluso, simplemente Señores. Los flamencos impusieron el nuevo protocolo. Pero llamadme como queráis.
ACUSACIÓN: Está bien, entonces actuaremos como castellanos. Señora: La historia os conoce como doña Juana "La Loca" y acepta que perdisteis el juicio a causa de los violentos celos que os provocaba vuestro esposo, ¿estáis de acuerdo?
JUANA: ¿Con qué debo estar de acuerdo? ¿Con el hecho de que estaba loca? ¿Con el de qué tenía celos? ¿O con el de que fue mi marido el causante de mi supuesta locura?
ACUSACIÓN: Demostráis gran agudeza.
JUANA: Es un simple razonamiento. Pero os responderé. El hecho de que la historia acepte que perdí el juicio, se debe a que así se ha hecho creer, pero no significa necesariamente que sea cierto y mucho menos que haya que presuponerlo en este juicio. Si no me equivoco es precisamente eso lo que se trata de esclarecer. En cuanto a los celos, tampoco estoy de acuerdo: como esposa, ante Dios y ante los hombres, tenía derecho a exigir la fidelidad de mi marido. Para lograrlo tuve que recurrir a ciertas acciones que pueden parecer deplorables en todo caso, pero no por eso estarían fuera de razón.
ACUSACIÓN: Vuestra madre ha declarado que actuasteis fuera de razón cuando os retuvieron en el castillo de la Mota.
JUANA: [Gesto de exageración] Vos no habéis conocido a mi madre. Me comporté de forma escandalosa porque era la única arma de que disponía. Mi madre temía el escándalo más que nada en el mundo. Pensé que cedería, precisamente para evitarlo.
ACUSACIÓN: ¿Por qué creéis que no conocemos a vuestra madre?.
JUANA: Porque... hasta mi padre le tenía miedo. [Se vuelve hacia Isabel] Perdonadme, madre; no tengo intención de ofenderos.


JUEZ: La testigo debe limitarse  contestar a las preguntas del abogado.
JUANA:  Está bien, se lo diré al abogado: No deseo ofender a mi madre, pero cuando mi madre tomaba una determinación no había ser humano capaz de cambiarla. Mi padre, como todo el mundo, temía su cólera, solo que... aprendió a esquivarla con... astucia. Quiero decir, sin que ella se diera cuenta. Cuando mi madre ordenó que me retuvieran en La Mota en contra de mi voluntad, me puse furiosa, no solo al pensar en lo que estaría haciendo mi marido, sino porque sabía que aunque yo sufriera, ella no me permitiría salir de allí para reunirme con él. Como así fue; a pesar del escándalo no me permitió viajar a Flandes hasta pasados varios meses. Cuando llegué, comprendí que mis temores no habían sido infundados. Mi marido se había acostumbrado demasiado a la libertad.
ACUSACIÓN: ¿Y no habéis pensado que ella podía tener razón y que, como heredera debíais haber pensado en el reino antes que en vuestro marido, sin mencionar al niño que iba a nacer? ¿No diríais que sufríais una obsesión?
JUANA: Eso es lo que hacía ella, yo pensaba de otra manera. Tal vez soy más egoísta, pero si por obsesión queréis decir, locura, os equivocáis. Los hechos demostraron que tenía razón. Después de tan larga separación, mi marido empezó a desear que yo desapareciera de su vista. De pronto pareció soportar muy mal mi presencia. Creo que mi madre tuvo la culpa por anteponer mi herencia a mi felicidad. A mi no me importaba la herencia, si por cuidarla tenía que alejarme de don Felipe.
ACUSACIÓN: Tal como doña Isabel ha declarado que dijísteis entonces, ¿creéis de verdad que esa faceta de vuestro carácter que para entendernos, llamaremos celos, la habríais heredado de ella?
JUANA: No puedo asegurarlo. Solo se que, como ella, yo también tenía mucho carácter.
ACUSACIÓN: ¿Diríais entonces que vuestro odio a la infidelidad pudo originarse por el  hecho de que vuestro padre también fuera infiel?
JUANA: Tal vez, pero sólo porque veía sufrir a mi madre. En cuanto a mi padre, a mi me parecía bien todo lo que él hacía.
ACUSACIÓN: ¿Hemos de entender que tuvisteis una infancia feliz?
DEFENSA: Señoría: Creo que el Abogado Defensor está dando rodeos innecesarios. La infancia de la reina nada tiene que ver con su reclusión en Tordesillas.
ACUSACIÓN: Señoría: Hoy sabemos que las condiciones en que se desarrolla la infancia, puede condicionar radicalmente la conducta de los adultos.
JUEZ: Continúe.
ACUSACIÓN: Gracias. De todos modos, hemos de pasar ya a los hechos que se intentan esclarecer. [A Juana] Doña Juana: ¿amabais mucho a don Felipe?
JUANA: Ciegamente.
ACUSACIÓN: "Ciegamente" ¿no se parece mucho a "irracionalmente".
JUANA: ¿No se alaba normalmente a las esposas que aman así a sus maridos?
JUEZ: Señora, os repito que no debéis hacer preguntas, sino responderlas.
JUANA: Mi [Hace énfasis en la palabra]"ceguera" no quiere decir que lo amara incondicionalmente. Cuando sabía que estaba con otras mujeres, me enfurecía, pero no dejaba de amarle. Además hasta entonces, siempre había vuelto conmigo.
ACUSACIÓN: Doña Juana: ¿sois consciente de lo que se juzga aquí?
JUANA: He creído entender que se trata de mi capacidad mental y, en su caso, de la responsabilidad que cabría a los que me mantuvieron encerrada en Tordesillas.
ACUSACIÓN. ¿Haríais responsable a alguno de los testigos aquí presentes?
JUANA: ¿Me estáis pidiendo una opinión?
DEFENSA: Señoría, la testigo tiene razón; no está aquí para opinar.
ACUSACIÓN: [Levantando una mano] Está bien. Está Bien. Retiro la pregunta. [A doña Juana]: Señora, observamos que sois una testigo difícil.
JUANA: He jurado decir la verdad y, la verdad, a veces resulta difícil.
ACUSACIÓN: ¿Podríais explicar al Jurado las circunstancias en que se produjo el nacimiento de vuestro hijo don Carlos, el futuro emperador, aquí presente?
JUANA: Es... un poco ridículo. No quisiera que eso afectara a su imagen.
JUEZ: Señora, por favor, contestad a la pregunta que se os ha hecho.
JUANA: Bien. Con la excusa de mi embarazo, hacía meses que mi esposo no se acercaba a mi habitación, así que supuse que habría alguna ... mmmm, alguna... mujer que lo consolaba. Ese día hubo una fiesta y el baile se prolongó hasta la madrugada. Estaba muy cansada, pero no quería perder de vista a don Felipe. De pronto sentí una gran necesidad de... acudir al... reservado. Una vez allí, me di cuenta de que no se trataba de... una necesidad fisiológica; había llegado la hora del parto y mi hijo nació allí mismo.
ACUSACIÓN: Señora, no quisiera ofender vuestra dignidad, pero para que el jurado lo comprenda, ¿podemos decir que don Carlos nació en lo que ahora llamaríamos "cuarto de baño"?
JUANA: Más o menos.
ACUSACIÓN: ¿Permitisteis que eso ocurriera solo por el afán de vigilar a vuestro esposo?
JUANA: Sí.
ACUSACIÓN: ¿Y mantenéis que esa no es una actitud obsesiva?
JUANA: Llamadlo como queráis.
ACUSACIÓN: ¿Alguna vez dejasteis de amar a don Felipe?
JUANA: Pude odiarlo, pero jamás dejé de amarle.
ACUSACIÓN: Esta bien, explicad entonces cuando y cómo empezó ese odio.
JUANA: Cuando se permitió ponerme la mano encima ante la servidumbre. Como princesa Trastámara, heredera del trono de Castilla, su ofensa fue imperdonable y gravísima.
ACUSACIÓN: ¿Podéis darnos más detalles?
JUANA: Sorprendí a una dama leyendo una nota que escondió inmediatamente. Su actitud me hizo sospechar que era de mi marido y le exigí que me la entregara.
ACUSACIÓN: ¿Obedeció?
JUANA: No. Se la tragó. Su cinismo me irritó. Vi unas tijeras, las cogí y empecé a cortarle el pelo. La insulté y creo que le hice algunas heridas en la cara. Alguien salió a avisar a mi marido y cuando llegó, vino directamente hacia mi, me agarró violentamente por el brazo para detenerme. Le grité que me soltara y que la culpable era su amiga. Entonces me sujetó más fuerte con la mano izquierda y con la derecha empezó a abofetearme.
ACUSACIÓN: Habéis dicho que entonces empezasteis a odiarlo y sin embargo más tarde volvisteis a quedar embarazada. Luego el odio no supuso una separación.
JUANA: A pesar de todo, nunca fui capaz de negarme cuando venía a mis habitaciones.
ACUSACIÓN: Pero si iba a vuestras habitaciones, como decís, es que él también os seguía amando.
JUANA: No. Estaba harto de mi. Creo que él me odiaba a mi mucho antes que yo a él. Lo hacía por el trono, por mi herencia. Mi último embarazo se produjo en el intento de arrancarme la promesa de que le cedería el gobierno de mis reinos.
ACUSACIÓN. Evidentemente no lo consiguió.
JUANA: Me dejé querer porque lo deseaba, pero el trono era intocable.
ACUSACIÓN. ¿Por qué? Vos no deseabais reinar.
JUANA: No. No tenía interés en hacerlo, pero aún estaba mi padre. El testamento de mi madre era muy explícito. Su heredera era yo sola, no mi marido. Ella me conocía bien y dejó establecido que si yo no podía o no quería reinar, mi padre, don Fernando, lo haría en mi nombre hasta que mi hijo, don Carlos, tuviera veinte años. Eso nunca lo aceptó mi esposo, pero jamás cedí en un solo punto. Ni siquiera por su eventual presencia en mis habitaciones.
ACUSACIÓN: ¿Sois consciente que estáis arruinando la romántica leyenda que se creó en torno a vuestra persona?
JUANA: Nadie me comprendió en vida y no espero que nadie me comprenda ahora.
ACUSACIÓN: ¿Qué actitud tomó don Felipe entonces?
JUANA: Puso a casi toda la nobleza en contra de mi padre prometiéndoles toda clase de cargos y mercedes para cuando reinara. A mi me mantenía encerrada y no me permitió ver a mi padre.
ACUSACIÓN: ¿Qué ocurrió entonces?
JUANA: Supe que mi padre había decidido casarse de nuevo y que finalmente iba a abandonar el reino, pero sobre todo, me dejaba sola a merced de don Felipe. Entonces le envié un mensaje a través de mi secretario. Le rogaba que cumpliera el testamento de mi madre y se hiciera cargo del gobierno hasta que yo estuviera en condiciones de hacerlo.
ACUSACIÓN: ¿Y lo hizo?
JUANA: No. Además de aislarme, mi esposo me tenía rodeada de espías; uno de ellos interceptó al correo y a fuerza de torturas consiguieron que les repitiera el mensaje. Después lo encerraron en prisión con algunos huesos rotos.
ACUSACIÓN: ¿Y qué hicisteis entonces?
JUANA: A mi también me encerró en mis habitaciones. Públicamente aparecíamos juntos, pero después me tenía bajo vigilancia. Nunca me dirigía la palabra excepto para amenazarme.
ACUSACIÓN. ¿En qué consistían esas amenazas?
JUANA. Repetía que jamás iba a permitir que le arrebatara el trono al que tenía derecho y por el que había esperado tanto tiempo y que si me seguía negando a aceptarlo, jamás recuperaría la libertad.
ACUSACIÓN: ¿Llegasteis a temer por vuestra vida?
JUANA: Al principio no. Él sabía que si me pasaba algo, él no podría subir al trono de ninguna manera. Después, como estaba mucho tiempo sola, no dejaba de pensar en todas las posibilidades  y cuando se fue mi padre, el único a quien él temía,  pensé que tal vez intentara provocar algún... accidente en el que yo pudiera perecer. Después ya buscaría él la fórmula para hacerse con la regencia hasta la mayor edad de mi hijo.
ACUSACIÓN: ¿Y aún mantenéis que seguíais enamorada de él?
JUANA. Tal como yo lo entiendo, sí.
ACUSACIÓN. ¿Entonces, por qué no pensasteis siquiera en ceder a sus exigencias?
JUANA: Aprendí de mi madre que el trono era inalienable. Jamás me hubiera perdonado a mi misma si por satisfacer mis deseos, Castilla se convirtiera en una especie de feudo de Flandes. Don Felipe podía disponer de mi voluntad en todo, excepto en eso.
ACUSACIÓN: ¿Podríais explicar al Jurado lo que pasó por vuestra mente cuando murió?
JUANA: Podría, pero no pasó nada.
ACUSACION: ¿Nada?
JUANA: Tal vez mi mente se quedó en blanco por algún tiempo.
ACUSACIÓN: ¿Esa es la razón por la que no derramasteis una sola lágrima, ni durante su agonía, ni después de su fallecimiento?
JUANA. Tal vez.
ACUSACIÓN: ¿No podéis dar una explicación más concreta?
JUANA. No.
ACUSACIÓN: ¿Vuestra mente seguía en blanco cuando acompañabais el féretro de un sitio a otro, sin perderlo jamás de vista?
JUANA: Seguramente.
ACUSACIÓN: No permitíais que ninguna mujer se acercara a él, aunque fuera monja ¿no implica esa actitud unos celos morbosos?
JUANA: No lo creo.
ACUSACIÓN: Efectivamente. Señora, nosotros creemos que aquella obsesión contra las mujeres con la excusa de los celos, unida al hecho de que jamás lo perdíais de vista,  era solo la forma de encubrir vuestra verdadera intención, la de que nadie se acercara al féretro, ¿por qué?


DEFENSA: ¡Señoría! La Acusación presupone de nuevo intenciones.
JUEZ: Se acepta.
ACUSACIÓN: Volveremos a su debido tiempo sobre este asunto. [A Juana] Señora ¿qué pensasteis cuando vuestro padre os hizo encerrar en Tordesillas?
JUANA. No me encerró. A causa de la peste tuve que permanecer en Arcos algún tiempo. Considerando que allí no podía ser protegida convenientemente, mi padre me propuso trasladarme voluntariamente al castillo de Tordesillas. Allí podría dotarme de una guardia apropiada.
ACUSACIÓN. Sin embargo, os prohibió salir o recibir visitas.
JUANA: El reino estaba muy revuelto y temía por mi seguridad.
ACUSACIÓN. Él mismo ha admitido que ordenó que os ocultaran su muerte ¿por qué creéis que lo hizo?
JUANA: No lo se, me causó gran dolor cuando lo supe y hubiera querido saberlo cuando sucedió.
ACUSACIÓN: ¿Cómo aceptasteis el hecho de que os declarara incapaz?
JUANA: Como él ha dicho, y estoy de acuerdo, era la única forma de oponerse a mi marido. Además yo misma le había pedido que se ocupara del gobierno.
ACUSACIÓN: Para terminar, Señora, y aunque no parecéis muy dispuesta a colaborar, contestad a una última pregunta: ¿A lo largo de 48 años, nunca os preguntasteis cual era la causa por la que os mantenían encerrada?
JUANA: Con el tiempo fui perdiendo interés por todo.


ACUSACIÓN: Señoría, Señores del Jurado, observen que esta respuesta no afirma ni niega; doña Juana no contesta. Estamos ante un caso en el que curiosamente a todos los testigos les pasa lo mismo: Nunca nadie, ni siquiera la propia víctima, se preguntó por qué había sido recluida y por qué lo fue a lo largo de tanto tiempo. Esto nos lleva a una conclusión: Señores: si una persona que se declara inocente, soporta casi cincuenta años de reclusión sin protestas, una de dos, o está verdaderamente loca, o no es inocente. Recuérdenlo y ténganlo en consideración.  [Al Juez] Señoría: No haré más preguntas a la testigo por el momento. En vista de la actitud de doña Juana, que bien podemos calificar, por lo menos de incoherente, hemos de reclamar la presencia de otros testigos que puedan contribuir a esclarecer los hechos en cuestión. Tenemos motivos fundados para creer que sus declaraciones pueden contradecir las de la reina.


JUEZ: Si la Defensa no tiene nada que objetar, podréis pasar a presentar a esos testigos.
DEFENSA: No hay objeción, con la reserva de que nosotros también podamos interrogarlos.
ACUSACIÓN: Estamos de acuerdo. Gracias, Señoría.


JUEZ: Señores, haremos un descanso. Se suspende la sesión durante una hora. Recuerdo a los testigos y al Jurado que no deben comentar entre sí las incidencias de esta causa, hasta que se hayan presentado las conclusiones.
¡Se levanta la sesión! [Da un golpe con el mazo y se cierra el telón]. 
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martes, 30 de octubre de 2012

PROCESO A JUANA I DE CASTILLA

PROCESO A JUANA I DE CASTILLA
(Dramatización) Primera Parte.
ACTO PRIMERO
NARRADOR:
      Los hechos, son los siguientes: Doña Juana de Trastámara, llamada "La Loca", Reina legítima de Castilla, fue separada del trono que por derecho le correspondía  y recluida en el palacio fortaleza de la ciudad de Tordesillas durante 48 años. 


      Se dijo que tal medida se hizo necesaria porque la Reina estaba loca, lo cual hasta hoy, nunca se ha demostrado, ni por documentos, ni por testimonios fidedignos. Mediante dicho encierro, la Reina, no solo fue separada del trono, sino también de cinco de sus seis hijos, y de toda posibilidad de relación con otros seres humanos, que no fueran los encargados de su custodia. 

 Lo que aquí vamos a tratar de dirimir, es lo siguiente:


Primero: A través de las declaraciones de testigos relacionados directamente con la prisionera, debemos concluir, si estaba o no estaba loca.
Segundo: En caso afirmativo, es decir, si se demostrara ahora que existió tal locura, ¿era esa razón suficiente para prolongar su encierro hasta la muerte?
Tercero: En caso negativo, es decir, si doña Juana no estaba loca, la pregunta anterior resulta doblemente grave: ¿Por qué fue encerrada y mantenida en tan horrible situación por su padre, su hijo, y su nieto?


      Señoras y Señores del Jurado, y ya para terminar: he de pedirles que presten gran atención a los testimonios que aquí van a oír. Creemos firmemente que existe una gran oscuridad acerca de la causa o causas que realmente motivaron el encierro de por vida, de la reina doña Juana I de Castilla. Es necesario que olviden cuanto hayan oído acerca de este caso hasta el día de hoy, porque, Señoras y Señores, de lo que se trata en definitiva, no es sólo de la culpabilidad o inocencia de doña Juana, porque, como hemos dicho,  si estaba loca, era inocente y si no lo estaba, fue una víctima.  Se trata también de la responsabilidad que pudiera caber a las personas involucradas en su encierro, sin olvidar que entre ellas, hay tres reyes que, además, están relacionados familiarmente con ella.


Señoras y Señores: [Entran al ser nombrados, saludan y salen por el lado contrario].

Sus Altezas los Reyes Católicos, padres de doña Juana: doña Isabel de Castilla y don Fernando de Aragón. [saludan],
Su Majestad, don Carlos I de España, Emperador de Alemania, hijo de doña Juana.[saluda].
Su Majestad don Felipe II de España, nieto de doña Juana. [saluda].
El Almirante de Castilla, don Fadrique Enríquez. [saluda]
Doña Beatriz de Bobadilla, Dama de Doña Juana. [saluda]
Doña Juana I de Castilla. [Saluda].

La Acusación y la Defensa, que interrogarán indistintamente a todos los testigos siempre que sea necesario para esclarecer los hechos, [saludan y se quedan] y,
El Juez, que ha de moderar las actuaciones y velar por el buen orden en la sala. [saluda].

JUEZ: Señoras, Señores, sabemos que la objetividad absoluta es casi imposible, pero todos tenemos la obligación moral de intentar aproximarnos a ella despojándonos de prejuicios, en este caso, históricos. En este sentido, no está de más recordar a los Señores del Jurado que deben situarse en la mentalidad de la época en la que transcurren los hechos. Si bien  hay factores de carácter moral que no dependen de las épocas, porque fueron firmemente establecidos para nuestra civilización, desde hace dos mil años, así, la honra y el respeto que los hijos deben a los padres; y recíprocamente, los padres a los hijos o la que los esposos se deben entre sí, o la condena del asesinato, del secuestro, o del robo en grandes o pequeñas proporciones. Así, el hecho de que un hombre asesinara a su hermano para arrebatarle el trono, es un crimen, se mire como se mire, aunque con el tiempo, el asesino se convirtiera en un buen gobernante, como fue el caso de don Enrique de Trastámara y su hermano, don Pedro I, que los Señores del Jurado conocen perfectamente.

Ante ustedes, declararán personas que gobernaron con gran sabiduría, pero existen fundadas sospechas de falta de rectitud en alguna o algunas de sus acciones personales, que podrían ser constitutivas de delito, entonces y ahora. Así pues, deben examinar los hechos de acuerdo con la mentalidad de entonces y con la moralidad de siempre.

Estos presupuestos, han de ser tenidos en consideración a lo largo de la vista y yo mismo velaré porque así sea.

Puede empezar el interrogatorio de los testigos. [Toma asiento]


DEFENSA: [Se adelanta] Con la venia. Llamamos a declarar a la reina Isabel de Castilla.
Isabel I (Juan de Flandes)

JUEZ: Su Alteza doña Isabel de Castilla, le ruego que se acerque al estrado. [Isabel se acerca] ¿Juráis decir la verdad?
ISABEL: Lo juro.
JUEZ: Recuerde su Alteza, que este juramento será válido durante todo el juicio. Podéis tomar asiento si lo deseáis. Proceda la Defensa.

DEFENSA: Decid vuestro nombre completo, filiación y cargo.
ISABEL: Isabel de Trastámara. Hija de Juan II de Castilla y doña Isabel de Portugal. Fui Reina de Castilla.
DEFENSA: ¿Sois madre de doña Juana I?
ISABEL: Sí. La Reina doña Juana fue mi tercera hija.
DEFENSA: ¿Observasteis en su infancia algún rasgo que os hiciera pensar que era propensa a desórdenes mentales?
ISABEL: De joven tuve ese temor acerca de mi misma y con respecto a los hijos que pudiera tener, porque conocía los trastornos mentales de mi madre, pero luego lo olvidé. Nunca vi rasgos de locura en ninguno de mis hijos.
DEFENSA: ¿Casasteis a doña Juana con el Archiduque Felipe de Austria por razón de Estado?
ISABEL: Así es. Era nuestra obligación velar por los intereses del reino.
DEFENSA: ¿Es cierto que cuando la enviasteis a Flandes para casarse, pusisteis a su lado personas para que os informaran del modo en que se desarrollaba su vida matrimonial?
ISABEL: Era una práctica habitual. Esas personas, debían velar por sus intereses y los del reino. Flandes era una Corte desconocida para nosotros.
DEFENSA: Decid, Señora: ¿Qué os decían vuestros informantes?
ISABEL: Al principio, toda fue muy bien. Mi hija se enamoró de don Felipe, nada más verlo y, al parecer, el también se enamoró de ella.
DEFENSA: Habéis dicho "al parecer" ¿Por qué?
ISABEL: Porque desgraciadamente, las cosas cambiaron muy pronto. Don Felipe abandonaba frecuentemente a mi hija. A los pocos meses, ella estuvo segura de que cortejaba a otras mujeres.
DEFENSA: ¿Y qué actitud tomó entonces?
ISABEL: Estaba muy enamorada y los celos empezaron a atormentarla. Se obsesionó con los engaños de su marido. Lo vigilaba continuamente, hasta ponerlo en evidencia y no pensaba en otra cosa que no fuera él. Pronto dejó incluso de confesar y abandonó sus devociones.
DEFENSA: Además de eso, ¿os informaron de algún hecho por el que se pudiera pensar que se estaba volviendo loca?
ISABEL: No. Estaba muy celosa, pero no hacía nada que pudiera parecer locura. [Suspira con gesto apenado] No por aquel tiempo.
DEFENSA: ¿Queréis decir que más tarde sí hizo algunas locuras?
ISABEL: Quiero decir que más tarde sí hizo cosas que podían parecer locura, no que lo fueran.
DEFENSA: ¿Podéis darnos un ejemplo?
ISABEL: [Hace un gesto de fatiga] Perdonadme, son recuerdos muy dolorosos para mí.
JUEZ: Alteza: Tratamos de discernir una cuestión trascendental para la Historia. Comprendemos que se trata de una hija, pero vuestro testimonio es imprescindible en esta causa. Si deseáis descansar, suspenderemos la sesión...
ISABEL: No. No es necesario. Excusadme. Es mi deber y lo cumpliré.
JUEZ; Está bien. [Al Abogado] Puede continuar.
DEFENSA: Señora, ibais a darnos un ejemplo del comportamiento de doña Juana.
ISABEL: Sí. Fue un día muy frío de noviembre. Mis dos hijos mayores habían muerto y también mi queridísimo nieto, don Miguel. Doña Juana y don Felipe vinieron de Flandes para ser proclamados herederos. Al poco tiempo mi yerno empezó a aburrirse porque la vida aquí nada tenía que ver con las fiestas y cacerías a que él estaba habituado, así que decidió marcharse. Mi hija estaba embarazada y no debía exponerse a las dificultades del viaje por mar, así que le pedí que se quedara aquí hasta que el niño naciera. [Hace una pausa].
DEFENSA: ¿Cómo reaccionó ella?
ISABEL: Se puso furiosa, pero don Felipe estaba de acuerdo con nosotros y la convenció a duras penas para que se quedara. Creo que él tenía mucho interés en marcharse solo y volver a su vida de soltero. Mi hija lo vigilaba implacablemente.
DEFENSA: ¿Eso es todo? ¿Se puso furiosa, pero luego se le pasó?
ISABEL: No. Ella se había quedado en el castillo de la Mota y yo me fui a Segovia. El Alcaide del Castillo y el Obispo Fonseca, quedaban responsables de su cuidado. Una mañana llegó un correo del Obispo. Me escribía que acudiera inmediatamente al lado de mi hija por algo muy grave. Me dirigí allí en cuanto pude, a pesar de que mi salud ya no era muy buena.
DEFENSA:  ¿Podéis explicar a este Jurado [Señala al público] lo que visteis exactamente al llegar al castillo?
ISABEL: El Obispo salió a mi encuentro. Habían levantado el puente y la reja estaba cerrada. Me dijo que se vio obligado a hacerlo porque mi hija había querido escaparse en medio de una noche helada; sóla, embarazada y sin apenas ropa de abrigo. Me dijo también que había pasado el resto de la noche junto a la reja, gritando y jurando que nadie la movería de allí y que se dejaría morir de hambre y de frío si no le permitían ir a encontrarse con su esposo. Ese día, al amanecer, habían logrado que se sentara junto al fuego.
DEFENSA: ¿Qué hicisteis entonces?
ISABEL: Pedí que me llevaran a su lado. Pensé que a esas horas, estaría muy cansada y que tal vez me escucharía. Pero no fue así. Cuando me acerqué, se puso de pie y empezó a gritar.
DEFENSA: ¿Gritaba dirigiéndose a vos?
ISABEL: Sí.
DEFENSA. Podéis recordar lo que dijo?
ISABEL: Desgraciadamente, sí. Utilizó palabras propias de la soldadesca.
DEFENSA: ¿Y vos lo consentisteis?
ISABEL: Considerando su estado... esperaba un hijo, echaba mucho de menos a don Felipe y había pasado varias noches en vela. Me dijo que yo tenía la culpa de todo, por separarla de su marido. Añadió que ella era celosa y estaba orgullosa de serlo. Yo le contesté que eso era normal, pero que no debía permitir que los celos le llevaran a actuar de manera tan desordenada y que pensara en su hijo.
DEFENSA: ¿Qué respondió doña Juana?
ISABEL: Dijo que ella nunca podría ser tan hipócrita como yo, que había estado siempre celosa de mi... de don Fernando y se lo había ocultado a todo el mundo, incluso a él. Pero que a ella no podía engañarla, porque recordaba muy bien, cuando él se iba y yo me encerraba en mis habitaciones a solas para gritar y llorar mi desesperación. Añadió que yo era injusta y falsa, porque me negué a que mi hijo Juan se separara de su esposa cuando lo aconsejaron los médicos y que tuve la culpa de que él muriera, porque decidí que no debía separarse lo que Dios había unido.
DEFENSA: ¿Es eso todo?
ISABEL: No. Añadió que qué poco me importaba entonces separarla a ella de su marido, cuando también a ellos los había unido Dios. Terminó diciendo que si yo misma en lugar de disimular tanto, hubiera vigilado a mi marido, como ella vigilaba al suyo...[otra pausa con gesto de fatiga y pena] no tendría que estar soportando a... sus bastardos.
DEFENSA: Decidme, Señora: ¿Era cierto todo eso?
ISABEL: Desgraciadamente sí.
DEFENSA: Luego los razonamientos de la Princesa eran correctos aunque los expresara a gritos. Después de aquella escena, ¿pensasteis que podía estar... loca?
ISABEL: No. Pensé que estaba furiosa e inquieta por los celos y que era lógico. Don Felipe la engañaba muchas veces, incluso en su propia casa.
DEFENSA: ¿Más adelante , tampoco lo pensasteis?
ISABEL: Algunas veces se me pasó por la cabeza, pero lo achaqué todo a la amargura de su matrimonio.
DEFENSA: Está bien, Alteza. No quisiera fatigaros más. Solo una última pregunta y os ruego que penséis bien lo que hayáis de responder y que recordéis que estáis bajo juramento ¿Si hubierais creído que doña Juana sufría algún trastorno mental, la hubierais nombrado heredera del trono, por encima incluso de vuestro esposo?
ISABEL: Sinceramente, no se lo que habría hecho. Pero nunca lo creí. Solo pensé que tal vez ella misma podría rechazarlo, porque no se interesaba por nada que no fuera don Felipe, pero por si eso ocurría, dejé dispuesta la regencia de su padre.
DEFENSA: Es todo por ahora. Señoría, no haré más preguntas.
JUEZ: La Acusación, puede proceder.
ACUSACIÓN: Alteza: ¿No es cierto, que desde vuestro matrimonio con don Fernando, lo dejasteis todo asentado para que la Corona de Castilla, nunca pasara a ser propiedad de Aragón?
ISABEL: Sí, es cierto. La Corona no debía pasar a Aragón, a pesar del amor que yo tenía a don Fernando.
ACUSACIÓN: Luego no podemos descartar una buena parte de interés político en la elección de doña Juana como heredera. Si por preservar la Corona arriesgasteis incluso vuestro matrimonio ¿qué os iba a impedir sacrificar también a vuestra hija?
DEFENSA: ¡Protesto, Señoría! El Abogado está pidiendo a la testigo que opine sobre sus propios actos. Ya ha declarado que creía doña Juana estaba capacitada. Además don Fernando debía respetar las leyes sobre la herencia que él mismo había aceptado desde el principio para Castilla.
JUEZ: Se acepta la protesta.
ACUSACIÓN: Hemos terminado por ahora, Señoría.
JUEZ: La testigo puede abandonar el estrado.



ACUSACIÓN: [Se adelanta] Llamamos a declarar a don Fernando de Aragón. [Se levanta Fernando y va al estrado].

Fernado V de Aragón (Michel Sitow)

JUEZ: ¿Juráis decir la verdad?
FERNANDO: Lo juro.
JUEZ: Recuerde don Fernando, que este juramento será válido durante todo el juicio. Podéis sentaros. [A la Acusación] Proceda la Acusación.
ACUSACIÓN: Decid vuestro nombre completo, filiación y cargo.
FERNANDO: Fernando V de Aragón, hijo de don Juan II de Aragón y doña Juana Enríquez, su segunda esposa. Fui rey de Castilla hasta la muerte de mi esposa.
ACUSACIÓN: Nadie ignora en la sala que sois el esposo de doña Isabel y padre de doña Juana, sin embargo, lo repito porque ha de figurar en las actas. ¿estáis de acuerdo?
FERNANDO: Sí.
ACUSACIÓN: Amabais a vuestra hija doña Juana?
FERNANDO: [Inquieto] Naturalmente.
ACUSACIÓN: ¿Naturalmente, significa que la amabais, como se supone que todo padre ama a sus hijos?
FERNANDO: Así es.
ACUSACIÓN:  Sin embargo, hay hechos que demuestran que los padres no siempre aman a sus hijos.
FERNANDO: [Más inquieto] No me interesa lo que para vos demuestran los hechos.
ACUSACIÓN: [Al Juez] Señoría. El testigo debería ser informado de que ha de contestar cuando se le pregunte, sin emitir frases despectivas sobre esta Corte.
JUEZ: Se advierte al testigo que ha de reducirse a responder las preguntas del abogado.
ACUSACIÓN: Don Fernando: ¿tuvisteis una infancia feliz?
FERNANDO: Muy feliz.
ACUSACIÓN: ¿Tuvisteis siempre una relación muy cordial con vuestro padre, mientras vivisteis junto a él?
FERNANDO: Siempre.
ACUSACIÓN: Incluso después de vuestro matrimonio, parece que mantuvisteis la cordialidad, el buen entendimiento y aún cierta camaradería con él.
FERNANDO: Así es, yo acompañé a mi padre en la guerra desde los trece años y compartí con él la vida en campaña, de lo cual me enorgullezco.
ACUSACIÓN: Decid, don Fernando. ¿Fueron igualmente felices vuestros hermanos, don Carlos de Viana y doña Blanca de Navarra? [Fernando se remueve, cada vez más inquieto]
DEFENSA: ¡Protesto! Señoría, no vemos qué relación puede haber entre los hermanastros de don Fernando y el hecho que nos ocupa.
ACUSACIÓN: Señoría, puesto que solemos actuar con nuestros hijos siguiendo el modelo de nuestros padres, es importante establecer como fue la vida familiar de don Fernando durante su infancia y juventud. Creemos que será muy esclarecedor sobre el comportamiento que él tuvo con sus hijas, especialmente con doña Juana.
JUEZ: Se deniega la protesta. [A la Acusación] Puede continuar.
ACUSACIÓN: [A Fernando] Os recuerdo, Señor, que estáis bajo juramento. ¿No es cierto que vuestro padre, persiguió, hizo la guerra y mantuvo prisionero a su hijo, el príncipe de Viana, prácticamente hasta la muerte de este?
FERNANDO: Mi padre tenía sus razones.
ACUSACIÓN: ¿Qué razones llevan a un padre a perseguir a su hijo hasta la muerte?
FERNANDO: Razones de Estado.
ACUSACIÓN: ¡Ah! Cierto: la Razón de Estado lo justifica todo! Decidme: ¿Cuando vuestro padre encerró en un castillo también a su hija doña Blanca, vuestra medio hermana, hasta que murió, también fue por razón de estado?
FERNANDO: Sin duda.
ACUSACIÓN: ¿Y no es cierto que la razón de estado de vuestro padre, consistía en  arrebatarles el trono de Navarra, que ellos heredaron de su madre? ¿No es cierto también, que lo hacía, fundamentalmente para complacer a vuestra madre, su segunda esposa, y que arrancó esa herencia a don Carlos y doña Blanca para entregárosla a vos mismo?
FERNANDO [Muy nervioso, al Juez] Señoría, ¿estamos aquí para juzgar a mis padres?
JUEZ: Alteza: habéis reinado durante mucho tiempo y estáis acostumbrado a ser obedecido, pero no tenéis ningún poder en esta Corte. Dejad de hacer preguntas y responded al abogado.
ACUSACIÓN: Señoría. Señores del Jurado: Lo que tratamos de demostrar, es que don Fernando de Castilla se crió en un extraño ambiente familiar. Que su padre se dedicó a perseguir y a hacer la guerra a los hijos de su anterior matrimonio, para favorecerlo a él y que él aprendió de don Juan II de Navarra, que el fin justifica los medios, especialmente, si el fin es una corona. Tratamos de demostrar, finalmente, que entre la Corona de Castilla y don Fernando, tras la muerte de la reina doña Isabel, lo único que se interponía, era su hija doña Juana. Señoría; creemos que esto explicará los hechos que vamos a exponer a continuación.
JUEZ: Prosiga.
ACUSACIÓN: Don Fernando. ¿Es verdad que siempre habéis tenido fama de saber engañar con gran habilidad y de firmar Tratados que llevaban implícito su incumplimiento por vuestra parte?
DEFENSA: ¡Protesto! El Sr. Abogado está tachando a D. Fernando de tramposo y pretende que él mismo se inculpe.
JUEZ: Se acepta.
ACUSACIÓN: Está bien. Podríamos llamar a declarar aquí a S.M. el rey de Francia don Luis XII. ¿Creéis que es necesario, o responderéis vos mismo?
FERNANDO: Responderé, si puedo.
ACUSACIÓN: ¿No es cierto que Luis XII declaró públicamente que lo habías engañado dos veces?
FERNANDO: Es cierto, lo dijo públicamente.
ACUSACIÓN:  ¿Y es verdad que vos montasteis en cólera al saberlo?
FERNANDO. [Sonriendo irónico] Es cierto.
ACUSACIÓN: ¿Por qué?
FERNANDO: [Sigue sonriendo]: Porque mentía.
ACUSACIÓN: Es decir, que vos jamás lo habíais engañado.
FERNANDO: [Con ironía]: No. No es eso.
ACUSACIÓN: Entonces, decid al Juez y al Jurado a qué se debió vuestro enfado.
FERNANDO: Ya os he dicho que mentía; dijo que le había engañado dos veces y eso era falso. La verdad es que le engañé por lo menos diez veces. [Murmullos].
JUEZ: ¡Silencio! [A la Acusación]: Puede continuar.
ACUSACIÓN: Mientras doña Juana vivió en vuestra casa ¿dio alguna vez motivos para creer que padecía alguna enfermedad mental?
FERNANDO: No.
ACUSACIÓN: Y ¿después de casada?
FERNANDO: Tenía reacciones muy fuertes a causa de su marido.
ACUSACIÓN: Consideráis, pues, que tenía motivos para estar furiosa contra él.
FERNANDO: Así es. Don Felipe la trataba sin respeto alguno y ella era demasiado exigente.
ACUSACIÓN: ¿Exigente, es lo mismo que loca?
FERNANDO: Claro que no. Pero doña Juana era muy celosa.
ACUSACIÓN: Luego vos nunca creísteis en su locura.
FERNANDO: No.
ACUSACIÓN: Entonces, tras la muerte de vuestra esposa, ¿Por qué promovisteis y firmasteis públicamente una declaración de incapacidad contra ella?
FERNANDO: Porque era la única forma de parar la ambición de su marido. Al mismo tiempo, firmé un documento secreto que lo explicaba así. El testamento de mi esposa, doña Isabel, especificaba, que si ella no quería o no podía gobernar, yo mismo debía hacerlo. Además, doña Juana, mi hija me lo pidió muchas veces.
ACUSACIÓN: Luego realmente, nunca creísteis que estaba incapacitada, o loca. Lo declarasteis así, por razón de estado.
FERNANDO: Así es.
ACUSACIÓN: [Con gesto grandilocuente y elevando cada vez más la voz] ¿Queréis explicar entonces a este Jurado por qué la encerrasteis de por vida y disteis órdenes tajantes de que no se le permitiera hablar con nadie? ¿Queréis explicar por qué razón condenasteis a vuestra propia hija a 48 años de prisión? ¿Queréis explicar por qué doña Juana no pudo volver a ver a sus hijos y por qué no salió del castillo de Tordesillas hasta su muerte?
FERNANDO: [Muy nervioso] Yo no fui responsable de todo eso.
ACUSACIÓN: Vuestras órdenes eran muy precisas. Mandasteis que fuera aislada de por vida y vuestros sucesores, no hicieron más que seguir instrucciones. Pero no habéis contestado a mi pregunta: ¿Por qué lo hicisteis? ¿Para gobernar vos mismo? Porque si así fuera, ella podía haber sido liberada después de vuestra muerte. Una vez más, Alteza: En nombre de Dios, ¿Por qué lo hicisteis?
FERNANDO: Lo hice por el bien del Reino.
ACUSACIÓN: ¿En qué podía beneficiar al reino el encierro de vuestra hija, si estaba sana y era capaz de reinar, como legítimamente le correspondía? A lo largo de toda vuestra vida habéis demostrado una clara inteligencia, que como tal ha sido reconocida históricamente; vos nunca haríais nada sin una buena razón. ¿Cuál es la razón oculta por la que encerrasteis a doña Juana?
FERNANDO: Ya lo he dicho; por razón de estado.
ACUSACIÓN: Espero que el Jurado tome buena nota de que os negáis a responder. Pero volvamos al principio de vuestra declaración: habéis dicho que amabais a vuestra hija ¿no es así?
FERNANDO: Así es.
ACUSACIÓN: Decid pues: ¿por qué en vuestro testamento, en el que tanto os preocupaba la suerte de vuestra segunda esposa, doña Germana de Foix, no recordasteis ni una sola vez a doña Juana, a quien dejabais prisionera junto con vuestra nieta, ambas en condiciones que conocíais muy bien y sin poder recurrir a la ayuda de nadie? ¿Eso es amar a una hija?
FERNANDO: El modo en que yo amara o no a mi hija, no es asunto de esta Corte.
ACUSACION: Pudiera ser; hay que atenerse a los hechos. Voy a interrogaros sobre otro hecho que sí es asunto de esta Corte. ¿Por qué, cuando supísteis que había llegado vuestra hora, disteis órdenes severísimas de que se ocultara vuestra muerte a doña Juana?
FERNANDO: Para no causarle más dolor.
ACUSACIÓN: ¿Qué dolor podría ser superior al de ser enterrada en vida? Puesto que os hallabais a punto de morir, y ya no podía interesaros el gobierno, podías haber ordenado su liberación. Muerto don Felipe, desaparecía la razón de estado. ¿No será más verdad, que vuestra hija os temía y quisisteis aseguraros de mantener ese temor después de muerto? ¿O es que temíais que hablara? Decid Alteza, ¿qué secreto tan grave había que ocultar, que ella debía pagarlo con su vida y acaso con la de su propia hija, vuestra nieta doña Catalina?
DEFENSA: ¡Protesto! Señoría, la acusación está presuponiendo motivaciones.
JUEZ. Se acepta.
ACUSACIÓN: No se trata de una opinión, Señoría. Sólo intento forzar al testigo para que nos ofrezca una razón convincente. Su silencio demuestra que debió haberla, que tenía que ser muy poderosa y que se nos ha ocultado. Don Fernando ha declarado que no la encerró porque estuviera loca, como se creyó entonces y como hemos creído hasta ahora.
JUEZ: La protesta no ha lugar. Pero recuerde, abogado, que debe atenerse a los hechos y dejar a un lado cualquier tipo de sugerencia que pueda inducir al jurado a considerar móviles que tal vez no concurrieron. Puede continuar.
ACUSACIÓN: Decid, don Fernando: ¿creéis haber sido un buen ejemplo para vuestros hijos?
FERNANDO: Creo haber sido un buen rey.
ACUSACIÓN: ¿Para ser un buen rey, hay que ser un mal padre?
DEFENSA: ¡Protesto, Señoría! La Defensa está prejuzgando al testigo.
JUEZ: [A la Acusación] Abogado, explique a dónde quiere llegar con esa pregunta.
ACUSACIÓN: Señoría. De todos son conocidas las aventuras de don Fernando y la historia registra los nombres de sus hijos, habidos con otras mujeres, antes y durante su matrimonio. No queremos obligar a doña Isabel a declarar en contra de su marido, pero sabemos que ella sufrió y mucho, a causa de sus repetidas aventuras amorosas, aunque su carácter le impidiera exteriorizarlo. Intentamos demostrar que la conducta de don Fernando, pudo ser causa, a la larga, de la celosa actitud de doña Juana. Ella vio en su familia un claro ejemplo de lo que puede ser un marido infiel, vio el sufrimiento y la humillación de su madre y no deseaba, bajo ningún concepto, que la historia se repitiera en su propio matrimonio. Esto atenuaría posibles reproches sobre la actitud de doña Juana.
JUEZ: No se admite la protesta. La Acusación puede continuar si lo desea.
ACUSACIÓN: Sí, Señoría: Creemos que el verdadero carácter de don Fernando y su comportamiento con sus hijas, se vería mejor si ellas mismas declarasen en esta sala. Sin embargo, antes hemos de abordar otro aspecto de su... personalidad, que creemos será esclarecedor. Decid, don Fernando: ¿Cómo llegasteis al trono de Castilla?
FERNANDO: Por mi matrimonio con la heredera doña Isabel. Todo el mundo lo sabe.
ACUSACIÓN: Todo el mundo sabe que os casasteis con la entonces princesa doña Isabel, pero sabemos también que ese matrimonio no llevaba implícito el trono. ¿podéis explicar por qué?
FERNANDO: Porque había otra aspirante, doña Juana, la Beltraneja.
ACUSACIÓN: Decid, don Fernando, ¿no es cierto que los aspirantes al trono erais más bien vos y doña Isabel, puesto que doña Juana a quien arbitrariamente apodáis "Beltraneja" era la legítima heredera, como hija del rey don Enrique IV de Castilla, con mejor derecho que doña Isabel, que no era sino medio hermana de don Enrique?
FERNANDO: Bueno, eso era muy discutible. El mismo rey desheredó a doña Juana y aceptó la acusación implícita de que era hija de don Beltrán de la Cueva.
ACUSACIÓN: Ya comprendo, Alteza: por eso don Beltrán, aquel osado hidalgo que se atrevió a mantener relaciones íntimas con la Reina, se convirtió en hombre de vuestra mejor confianza y combatió a vuestro lado contra su propia hija. Todos sabemos, Señor,  que esa paternidad nunca fue probada, y que, fuera o no hija biológica de don Enrique, doña Juana era legítima de acuerdo con las leyes, por el solo hecho de haber nacido dentro de un matrimonio legítimo. Pero, seguro que vos, tan astuto siempre con los documentos que firmábais, recordáis que don Enrique, afirmó haber hecho aquella declaración para evitar la guerra y que luego se desdijo rotundamente.
FERNANDO: Lo recuerdo. Pero cuando se desdijo ya era tarde, las Cortes habían proclamado a doña Isabel.
DEFENSA: [Al Juez] Protesto, Señoría: No vemos la relación de esos hechos con los que tratamos de juzgar.
ACUSACIÓN: Señoría, tienen relación y mucha, con la personalidad del testigo. Creemos que a través de la relación de estos hechos, llegaremos a establecer que don Fernando dispone de lo que vulgarmente llamaríamos una "manga muy ancha" cuando se trata de justificar sus acciones y una extraordinaria capacidad para el engaño y la maniobra. Esta Acusación intenta al menos evitar que pueda confundir al Jurado.
JUEZ: La protesta no ha lugar, por el momento. Suponemos que la acusación dispone de pruebas de lo que acaba de decir.
ACUSACIÓN:  Así es, Señoría, hay pruebas documentales, e incluso testimonios, si el de don Fernando no fuera suficiente.
JUEZ: Continúe.
ACUSACIÓN: Don Fernando: Todos sabemos que el verdadero medio por el que llegasteis al trono de Castilla, vos y doña Isabel, o mejor dicho, Doña Isabel y vos, fue la guerra. ¿No es así?
FERNANDO: Así es, efectivamente. Fue una guerra en defensa de nuestros derechos.
ACUSACIÓN: ¿No deberíais decir mejor vuestras pretensiones, como se ha aclarado hace unos momentos?
FERNANDO: Bueno. Justas pretensiones.
ACUSACIÓN: Pretensiones fundamentalmente basadas en la presunta ilegitimidad de doña Juana, en contra de los deseos del difunto rey, aclarémoslo. ¿Es cierto que una vez derrotados los partidarios de la heredera, la condenasteis no solo al destierro perpetuo en Portugal, sino que la obligasteis a recluirse en un convento por el resto de su vida?
FERNANDO: Así es.
ACUSACIÓN: ¿Y respaldados con la fuerza que entonces os dieron las armas la obligasteis a firmar documentos en los que renunciaba a sus derechos y juraba guardar silencio sobre ellos?
FERNANDO: Las guerra fue justa y contribuyó a confirmar la realidad: ella no tenía derecho al trono.
ACUSACIÓN: [Al Jurado] Tomen nota, Señores de lo que acaban de oír: doña Juana, hija del fallecido rey don Enrique IV no tenía derecho al trono, porque ese derecho correspondía a doña Isabel, medio hermana del mismo rey. ¿No es así, don Fernando?
FERNANDO: Sin duda.
ACUSACION: Entonces, Alteza, decid, recordando, por una parte, que estáis bajo juramento y por otra, que hay documentos relativos a lo que voy a preguntaros: ¿No es cierto que cuando murió vuestra esposa doña Isabel, pedisteis al rey de Portugal la mano de doña Juana, llamada la Beltraneja?
FERNANDO: [Confuso] Es cierto.
ACUSACIÓN: ¿Y no es igualmente cierto que lo hicisteis para recuperar el trono de Castilla, basado en los derechos de doña Juana, los cuales habías negado y combatido con las armas? ¿No es cierto que así os convenía cuando murió don Enrique y que en cambio, al morir doña Isabel, os pareció oportuno probar lo contrario, reconociendo la injusticia de aquella  guerra y demostrando implícitamente que vuestro acceso al trono no fue más que una usurpación?
FERNANDO: [Muy nervioso] El hecho es que no me casé con ella.
ACUSACION: No os casasteis porque ella no quiso, aclarémoslo. Pero sin duda disponíais de documentos fehacientes que demostraban su legitimidad, de lo contrario, aquella petición de mano no tenía sentido.
DEFENSA: ¡Protesto! La acusación habla de documentos que nadie ha visto.
JUEZ: Si la acusación no puede demostrar la existencia de esos documentos, debe abstenerse de utilizarlos en contra del testigo.
ACUSACIÓN: Señoría: Ciertamente nadie ha visto esos documentos, sin embargo, se sabe que doña Isabel los reclamó en repetidas ocasiones e incluso sometió a tortura a varias personas para que declaran donde habían sido escondidos. También se sabe que don Fernando los recuperó tras la muerte de su esposa, y se desprende que disponía de ellos del hecho de que pidiera en matrimonio a doña Juana, puesto que sólo en ellos podía apoyarse para destronar a don Felipe, una vez declarada la incapacidad de su hija.
JUEZ: Don Fernando ¿disponíais de esos documentos?
FERNANDO: [Secamente] Sí.
JUEZ: La protesta no ha lugar. [A la Acusación] Prosiga.
ACUSACION: Señoría, Señores del Jurado: Creo que lo que acabamos de oír demuestra sobradamente la credibilidad de don Fernando. Todo cuanto se interpusiera entre él y el trono de Castilla, había que destruirlo sin contemplaciones. Un hombre que no dudó en hacer la guerra contra los derechos de doña Juana, sabiendo la injusticia que cometía, que la obligó a recluirse en un convento de por vida y que después solicitó casarse con ella, alegando los mismos derechos que había negado y combatido, es capaz de todo. El hecho de pedir la mano de doña Juana, para recuperar el trono, confirma que todo su reinado con doña Isabel, fue una usurpación, y el encierro de doña Juana una injusticia, pero le daba lo mismo, con tal de mantenerse en el trono. Nos preguntamos si podemos considerar fiable su testimonio en relación con el encierro posterior de su propia hija, que también entonces, no era sino un obstáculo para sus ambiciones.
JUEZ: Esta Corte y el Jurado aceptaron en su momento la capacidad del testigo. Es a la Acusación y a la Defensa a quienes corresponde demostrar al Jurado su credibilidad o no.


ACUSACION: Señores: Esta acusación desea dejar constancia de que no tratamos de enjuiciar la capacidad de don Fernando como estadista, que reconocemos, así como los buenos resultados de su reinado junto a doña Isabel. Se trata exclusivamente de  demostrar que era también capaz, sobradamente, de recurrir a cualquier cosa para obtener sus fines, y que los medios a los que recurría en ciertas ocasiones, podían estar completamente exentos de moralidad. Este es el hecho que, en definitiva, deseamos resaltar en relación con su decisión sobre el encierro de la reina doña Juana, su hija. No preguntaremos más por ahora. [Se sienta el Acusación y se adelanta la Defensa]


JUEZ: El testigo puede retirarse. [Fernando abandona el estrado].

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Continua:
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jueves, 11 de octubre de 2012

EL RETORNO DE PEDRO EL GRANDE DE ARAGÓN

EL RETORNO DE PEDRO EL GRANDE
Real Monasterio de Santes Creus / Reial Monestir de Santa Maria de Santes Creus
Valencia, 1240 - Villafranca del Penedés 2.11.1285
Renacido en Barcelona en 2010

Jaime I, de Manuel Aguirre y Monsalbe/ Miniatura de Violante de Hungría (Todocolección).

Hijo de Jaime I de Aragón el Conquistador  y de su segunda esposa, Violante o Yolande de Hungría, que tuvieron nueve hijos, de los que destacaremos, al propio Pedro, el mayor y heredero; Jaime II de Aragón; Violante, que fue esposa de Alfonso X El Sabio; Constanza, casada con don Manuel, hermano del anterior, e Isabel, esposa de Felipe III de Francia, El AtrevidoLe Hardy-, hijo de San Luis.

 
Pedro III de Aragón, de Manuel Aguirre y Monsalbe, 1851-1854. 


Pedro El Grande fue rey de Aragón y Valencia,  heredando después, Baleares, Rosellón y Cerdeña (1241). En 1262 se casaba, en la catedral de Montpellier, con Constanza de Hohenstaufen, hija y heredera de Manfredo I Hohenstaufen de Sicilia. Con ocasión de su coronación en Zaragoza, Pedro anunció que daba por concluido el vasallaje que su abuelo había rendido al pontífice romano, decisión a la que este respondió entregando la corona de Sicilia a Carlos, duque de Anjou.


En febrero de 1266, Manfredo I Hohenstaufen, se enfrentó con su ejército siciliano a las tropas francesas del duque de Anjou, siendo derrotado y muerto el primero en la batalla de Benevento. Tras su victoria, Carlos de Anjou mandó sacar los ojos a los tres hijos de Manfredo y dos años después, cuando Corradino, el único nieto de aquel, cayó en su poder, ordenó su decapitación. Así pues, sólo quedaba con vida Constanza, la esposa del rey Pedro, a la que se consideraba legítima heredera de la corona de Sicilia. Pedro reclamó sus derechos sobre la isla en razón de su matrimonio, ofreciendo asilo en Aragón a los derrotados partidarios de los Hohenstaufen; los Lanza, Lauria y Prócida.

Continuando su política mediterránea, en 1281 Pedro III se propuso recuperar la soberanía de Túnez, para lo cual armó una flota y solicitó del papa –Martín IV- la bula de cruzada, lo que al pontífice –francés y angevino- le negó absolutamente.

Se produjeron entonces las llamadas Vísperas Sicilianas, que se saldaron con una matanza de franceses y la caída del duque de Anjou, tras la cual, los sicilianos ofrecieron la corona a D. Pedro de Aragón, quien, abandonando su proyecto sobre Túnez, se dirigió a Sicilia, donde sería coronado en Palermo en agosto de 1282. Carlos de Anjou, perseguido por la flota de Roger de Lauria, se refugió en Nápoles.

Martín V respondió de nuevo, en esta ocasión, excomulgando a Pedro (1282) y retirándole el derecho a seguir ostentando la corona de Aragón, que otorgó poco después a Carlos de Valois, hijo del rey de Francia, a quien, en este caso, sí concedió la cruzada para que le hiciera la guerra a don Pedro, el cual tuvo que enfrentarse simultáneamente, a la guerra con Francia y a la atención y los grandes gastos del gobierno de Sicilia.

Pedro Intentó entonces ganarse a sus súbditos aragoneses y catalanes, concediendo ciertos privilegios a la nobleza y a las cortes de uno y otro reino, sucesivamente en 1283 y 84.



 El año siguiente, el monarca francés tomó la ciudad de Gerona pero se vio obligado a retirarse con sus tropas -diezmadas por la peste, de la que él mismo moriría-, ante la noticia la llegada de la flota aragonesa que volvía de Sicilia, al mando de Roger de Lauria. Francia resultó finalmente derrotada; por mar, en las islas Formigues –cerca de Palamós- y por tierra en el barranco de las Panizas.
Pedro III el Grande en el collado de las Panizas. 
Óleo sobre lienzo de Mariano Barbasán. 1889.

Apenas estabilizada su posición, Pedro vuelve las armas, por un lado, contra su hermano Jaime -que le reclamaba algunos territorios y además se había aliado con el monarca francés-, enfrentándose, por otro, a su sobrino, Sancho IV de Castilla, que, ante el avance del ejército francés le había negado el apoyo prometido. Sin embargo, todo quedó en tablas, cuando, prematura e inesperadamente, fallecía Pedro El Grande en noviembre de 1285. Las Crónicas y otros documentos no aportan datos sobre las circunstancias en que se produjo su muerte.

Su hijo, Alfonso III heredó los reinos de Aragón, Cataluña y Valencia, cuya corona ostentó hasta 1291, fecha en la que murió, dando lugar a que su hermano Jaime, que había heredado Sicilia, asumiera el resto de la herencia, pasando a reinar como Jaime II El Justo, hasta 1337.





Pedro III había expresado en su testamento el deseo de ser enterrado en el Monasterio Cisterciense de Santes Creus, como se hizo, por decisión de su hijo, diecisiete años después de su enterramiento provisional, en el curso de una solemnísima ceremonia, tras la cual, el monarca recibió sepultura dentro una bañera romana de pórfido rojo que Roger de Lauria o, quizás el propio Jaime II, había traído de Sicilia.


Jaime II El Justo, se encargó de hacer construir el monumento funerario de su padre, así como el suyo y el de su esposa, Blanca de Nápoles, en el mismo estilo, quedando todos bajo una misma decoración de baldaquinos labrados en mármol blanco. El monumento de Pedro III quedó terminado en 1307, tras dieciséis años de trabajos. La urna superior fue labrada con figuras policromadas de santos.



Durante las Guerras Carlistas, tropas de ambos bandos se alojaron en el Monasterio y procedieron al destrozo, saqueo y violación de las tumbas reales, quemando unos restos y dispersando otros, excepto los de Pedro III, que no fueron tocados a causa del enorme peso de la urna que los cubría, gracias a la cual se han preservado hasta la actualidad.

Pues bien, a finales de 2009 se dispuso la rehabilitación de estos enterramientos reales por el Museo de Historia de Cataluña y, tras un primer estudio se observó que, efectivamente, la tumba de Pedro III, nunca había sido profanada a pesar de hallarse distintas señales de haberlo intentado. Acto seguido, un equipo de arqueólogos y forenses, mediante complejas y avanzadas técnicas de investigación, obtuvieron multitud de detalles sobre su complexión, aspecto, color del cabello, dieta alimenticia, fecha de la muerte, etc. pero, sobre todo, se reconstruyó su cabeza, obteniéndose un resultado verdaderamente impresionante, al ofrecer un rostro, sin duda, muy parecido, si no igual, al que el monarca tendría cuando murió.




Reconstrucción facial de Pedro III El Grande

Se deduce de los estudios, por ejemplo, una estatura notable para la época, entre 1,75 y 1,80 cm., y el cabello castaño claro.

En este enlace  http://www.tv3.cat/videos/3089930/Anatomia-dun-rei puede verse el sugestivo documental de TV3 Anatomia d’un rei, que muestra algunos detalles de la enorme complejidad de la investigación llevada a cabo, así como algunos de sus más interesantes resultados.

En primer lugar, se confirmó que no había sido enterrado con vestimentas propias de la realeza, sino con hábito monacal, tal como escribiera en su crónica Bernat Desclot; Banyaren lo; e adobaren lo; e vestiren lo axi com a monxe.

Posteriormente se deduce que Pedro El Grande era un hombre sano en general, que, al parecer contrajo, quizás sin llegar a saberlo, una enfermedad pulmonar que le causaría la muerte a los 45 años, puesto que no se hallaron en sus huesos heridas relevantes de carácter mortal.

Pedro era, sin duda, como hombre de guerra, un tipo atlético que, además, practicaba deportes. Como ejemplo, se lee en la Crónica del franciscano Salimbene, que alrededor de 1280 formó parte del equipo que efectuó la primera ascensión al Canigó -2.784 metros- entonces considerada una cima sagrada, en el Rosellón; el franciscano escribió que el monarca había alcanzado la cumbre y que allí había visto un dragón que salía de un lago.

Sin embargo, este monarca ha pasado a la historia como Pedro El Grande, a causa de otras loables características de su personalidad –amén de guerrero y deportista–; Bernat Desclot lo describió como lo segon Alexandre per cavaleria e per conquista, fue, además un excelente trovador. Ramón Muntaner, por su parte, llegando algo más lejos, consideraba que don Pedro era el hombre que había nacido con más gracias después de Jesucristo

Dante también se refirió a él con bellas palabras: De todo valor estuvo ceñido su corazón.

El claustro de Santes Creus